Boletín nº 223 (24-11-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 4.223/2017
Don Juan Pérez Guerrero, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), hace saber:
Que por el Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2017, se ha adoptado acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora la Tasa por la celebración de Bodas Civiles.
Dicho acuerdo provisional y ordenanza anteriormente relacionada, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda expuesto al público durante treinta días, contados a partir de la publicación del presente Edicto en el BOP, período dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Finalizado el período de exposición sin que se hayan presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Lucena a 21 de noviembre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Pérez Guerrero.