Boletín nº 226 (29-11-2017)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Belalcázar
Nº. 4.260/2017
Don Francisco Luis Fernández Rodríguez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Belalcázar (Córdoba), hace saber:
Que no habiéndose formulado reclamación o alegación alguna contra el expediente de aprobación provisional de la congelación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2018; la aprobación provisional de la reducción del 20% para el año 2018 en la cuota de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y en la cuota de la Tasa por Licencias de Apertura; y la supresión de la reducción del 20% en la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de la Vía Pública (por andamios, escombros y materiales de construcción), expediente aprobado provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2017, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado, conforme al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
Belalcázar, 23 de noviembre de 2017. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Fdo. Francisco Luis Fernández Rodríguez.