Boletín nº 230 (05-12-2017)

VIII. Otras Entidades

Patronato Municipal de Deportes
Cabra (Córdoba)

Nº. 4.274/2017

La Alcaldesa-Presidenta Accidental de esta ciudad, hace saber:

Que el Consejo de Administración del Patronato Municipal de Deportes del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra, en sesión celebrada el día 6 noviembre de 2017, acordó aprobar las Bases reguladoras de la concesión de Becas a deportistas individuales. Las referidas bases son las que se adjuntan como anexo al presente Edicto:

Lo que se hace público para general conocimiento.

La Alcaldesa-Presidenta Accidental del P.M.D. del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra: Firmado electrónicamente: Cristina Jiménez Lopera.

A. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN.

1. Las becas se destinarán, exclusivamente, a deportistas de la localidad de Cabra, que participen en competiciones de carácter federativo, según las siguientes líneas de actuación:

a) Ayudas a deportistas de la localidad de Cabra por la participación en competiciones deportivas organizadas por la Federación correspondiente y con un calendario de competición oficial (ligas o campeonatos provinciales, autonómicos y/o nacionales), y que hayan logrado algún tipo de mérito, fijado más adelante.

2. Un deportista sólo podrá presentar una solicitud por convocatoria, que coincidirá con el año natural (del 1 de enero al 31 de diciembre), y que cumpla los requisitos especificados en estas bases.

3. Se establecen, como conceptos subvencionables, dentro los proyectos deportivos presentados a esta convocatoria:

" Gastos federativos (licencias, arbitrajes, mutualidades, inscripción a campeonatos, etc)

" Adquisición de material deportivo de uso individual.

" Gastos médicos y de asistencia sanitaria.

" Gastos de alquiler de instalaciones deportivas no propias.

" No será subvencionable ni justificable ningún otro concepto adicional.

4. Será objeto de la Convocatoria permitir el uso y disfrute de las instalaciones deportivas municipales (Piscina Climatizada y salas de tonificación), a los concesionarios según los horarios establecidos, con objeto de ayudar a mejorar su preparación física.

B. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS A LOS QUE SE IMPUTA LAS Y CUANTÍA TOTAL MÁXIMA DE LAS BECAS CONVOCADAS.

El crédito asignado a la presente convocatoria, se cargará a la aplicación presupuestaria 3410.481.00 del Capítulo del Presupuesto de Gastos del Patronato Municipal de Deportes.

La concesión de estas becas queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente.

El abono de las becas será en un pago único, una vez aprobada la Resolución Definitiva de la Beca por parte del Presidente del P.M.D. del Ilmo. Ayuntamiento de Cabra.

No podrá realizarse el pago de la Beca en tanto el beneficiario no acredite que se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor de esta Administración mediante resolución firme de procedencia de reintegro.

C. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN:

El procedimiento de concesión de Becas a Deportistas se iniciará de oficio y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.

D. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA BECA A DEPORTISTAS Y FORMA DE ACREDITARLOS

Con carácter general, son requisitos indispensables para obtener la condición de deportista beneficiario de las becas que se convocan:

1. Estar empadronado en la localidad de Cabra, se deberá presentar certificado de empadronamiento que acredite una antigüedad total de, al menos, dos años en el momento de la solicitud.

2. Licencia federativa en la temporada a la que se refiere la memoria deportiva, acreditada mediante certificado federativo expedido por la Federación Deportiva correspondiente (Anexo IV). Asimismo, tener la licencia federativa en vigor en el momento de solicitud de la beca, acreditándolo con la presentación de copia cotejada/compulsada de la misma (en su defecto, el deportista acreditará los motivos que le han impedido cumplir este requisito)

3. Acreditar los méritos alegados en la memoria deportiva, firmado y sellado por la Federación Deportiva correspondiente (Anexo IV)

4. Podrán optar a estas becas deportistas a partir de la categoría infantil.

5. No estar sancionado en materia deportiva por infracción grave o muy grave, recogido expresamente en la certificación federativa (Anexo IV)

6. Quedarán excluidos de la presente convocatoria, los deportistas, que no cumplan los requisitos anteriores, o no presenten dicha solicitud en tiempo y forma.

7. Quedarán excluidos los deportistas becados en años anteriores, que no hayan cumplido los criterios establecidos en las presentes bases.

E. MÉRITOS DEPORTIVOS

Con independencia de los requisitos generales previstos en el punto anterior, únicamente podrán obtener la condición de beneficiario en la presente convocatoria, quienes acrediten, mediante certificación federativa, al menos uno de los siguientes méritos deportivos conseguidos durante el año anterior a la presente convocatoria, en alguna modalidad, especialidad o prueba deportiva individual:

a) Selección: Haber formado parte durante el año anterior a la convocatoria de las actividades oficiales de la selección provincial o/y andaluza o/y nacional.

b) Resultados: Mínimo, medallista en Campeonato de Andalucía (1ºª-oro, 2ºª-plata, 3ºª-broncre)

Los méritos alegados en la memoria deportiva deben estar reflejados en el certificado de la federación deportiva correspondiente, firmado y sellado por el secretario de la misma, con el visto bueno del presidente (Anexo IV)

En función del baremo de puntuación recogido en la base I Criterios de Valoración se tendrán en cuenta todos los méritos alegados con el límite de puntuación establecido para cada criterio.

F. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

a) El plazo de presentación de solicitudes se abre con la publicación de la presente convocatoria y finalizará en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.

b) Las solicitudes se presentarán en el Registro del Patronato Municipal de Deportes de Cabra, ubicado en Avda. de Andalucía s/n Ciudad Deportiva, de lunes a viernes en horario de 8,30 a 14,30 horas o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el personal d Correos, antes de ser certificadas.

c) Los solicitantes, a requerimiento del Patronato Municipal de Deportes dispondrán de un plazo improrrogable de 10 días para completar la documentación o subsanar los defectos materiales o formales que se aprecien, con apercibimiento de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos en el artículo 42 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria.

G. DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD.

Las solicitudes se presentarán en el modelo que figura como Anexo I, debiendo acompañarse inexcusablemente de:

- Memoria Deportiva que ampara la consecución del méritos deportivo alegado y por el que se solicita ayuda (Anexo II), con una extensión máxima de 10 folios y que incluirá una cuenta justificativa que desglose los gastos e ingresos realizados para la financiación de la mencionada memoria deportiva, gastos e ingresos referidos al año anterior a la convocatoria.

- Certificado/s de autenticidad de los méritos alegados, firmado y sellado por la Federación Deportiva correspondiente (Anexo IV).

- Fotocopia cotejada / compulsada de la ficha federativa que acredite la inscripción del Deportista en la Federación Deportiva Territorial competente en el año en curso. En su defecto, el deportista acreditará los motivos que le impiden adjuntar este documento.

- Declaración Responsable, Anexo III.

Como documentación genérica acreditativa de la personalidad del solicitante, junto a la documentación anterior se adjuntará:

- Fotocopia cotejada / compulsada del DNI de la persona solicitante y en el caso de que legalmente no puede ser el/la Deportista, fotocopia cotejada/compulsada de la persona que ostenta la representación legal del Deportista.

- Fotocopia cotejada / compulsada del documento que acredite fehacientemente al solicitante como representante legal del Deportista, en su caso, debiendo también presentar fotocopia cotejada / compulsada del DNI del / la deportista.

- Certificado de empadronamiento del / de la deportista, en los términos establecidos en la base D.1. Dicho certificado se entenderá caduc

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad