Boletín nº 235 (14-12-2017)

VIII. Otras Entidades

Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, S A (EMACSA)
Córdoba

Nº. 4.410/2017

Doña María Isabel Ambrosio Palos, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, hace saber:

Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, que se transcribe en su parte dispositiva:

Nº 239/2017. HACIENDA/PRESIDENCIA. 1. PROPUESTAS DE LA JUNTA GENERAL DE EMACSA DE... "APROBACIÓN DE LA REVISIÓN DE PRECIOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y AUTORIZACIONES EN LA RED DE ALCANTARILLADO PARA 2018".

Conocido el expediente tramitado al efecto y visto el informe de la Viceintervención de fecha 26/09/2017, así como el Acuerdo de la Junta General de EMACSA de fecha 12/09/2017, se procede a someter el asunto a votación, siendo aprobada la propuesta por mayoría de 14 votos a favor de los Grupos Municipales Socialista (7), IU,LV-CA (3) y Ganemos Córdoba (4), y 14 abstenciones de los Grupos Municipales Popular (11), Ciudadanos-Córdoba (2) y Mixto (1), adoptándose el siguiente ACUERDO:

"Aprobar la siguiente revisión de precios por la prestación del servicio de depuración de aguas residuales y por autorizaciones en la red de alcantarillado para 2018, debiendo publicarse en el boletín correspondiente para general conocimiento.

7.1. Cuota variable (I.V.A. no incluido)

Bloques y tipos de consumo

Euros/m³

1) DOMÉSTICOS

Bloque I: Desde 0 hasta 18 m³ por vivienda/bimestre

0,3481

Bloque II: Más de 18 m³ hasta 36 m³ por vivienda/bimestre

0,4525

Bloque III: Exceso de 36 m³ por vivienda/bimestre

0,5396

Para los consumos domésticos que no sobrepasen los 6 m³ por vivienda/bimestre se les reducirá en

0,1741

2) INDUSTRIALES/COMERCIALES

Cualquier consumo

0,4630

3) ORGANISMOS OFICIALES

Cualquier consumo

0,4630

4) OTROS USUARIOS

Cualquier consumo por prestación de servicio gratuito a la sociedad

0,3237

5) OTROS CONSUMOS NO PRECEDENTES DE EMACSA

Cualquier consumo

0,4630

A) Reducciones para familias numerosas.

A las familias numerosas que cumplan con las siguientes condiciones:

1) Estar en posesión del correspondiente título de familia numerosa.

2) Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual,

3) Estar al corriente de pago del suministro, les aplicará las siguientes reducciones:

a) Reducción del 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) Reducción del 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

c) La reducción estará vigente hasta la caducidad del título de familia numerosa

Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación:

- DNI del titular del suministro.

- Título en vigor de familia numerosa.

- Certificado de empadronamiento.

B) Reducción a jubilados o pensionistas del sistema público de pensiones.

A los titulares del servicio que ostenten la situación de pensionistas o jubilados, y que cumplan las siguientes condiciones:

1) La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

2) Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual,

3) Estar al corriente de pago del suministro, les aplicará las siguientes reducciones:

a) 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

c) Periodo de vigencia tres años

Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación

- DNI del titular del suministro.

- Certificado de ingresos.

- Justificante de la pensión.

- Certificado de empadronamiento.

C) Reducción a familias con todos sus miembros en situación de desempleo y Plan Prepara.

A los titulares del suministro en cuya unidad familiar todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo o sean beneficiarios de la ayuda del Plan Prepara, y cumplan los siguientes requisitos:

1) Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

2) Formar parte de una unidad familiar en la que todos sus miembros están en situación de desempleo, entendiendo por tal situación no tener la condición de pensionista y no realizar actividad laboral alguna por cuenta propia o ajena, o ser beneficiarios del Plan Prepara.

3) Estar al corriente de pago del suministro

4) No superar los ingresos anuales de la unidad familiar 1,5 veces el Indicador Público de Rentas Múlitples (IPREM).

Esta reducción que se cuantifica en:

a) 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

c) Periodo de vigencia anual.

Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación

- DNI del titular del suministro.

- Certificado de empadronamiento con lista de empadronados en el domicilio.

- Fotocopia del libro de familia en caso de unidades familiares de dos o más miembros.

- Documento acreditativo de la situación de desempleo de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar, o documento acreditativo del Plan Prepara.

D) Reducciones a familias con riesgo de exclusión social.

Las personas y/ o unidades familiares reúnan los siguientes requisitos:

1. Estar empadronados y residir en la ciudad de Córdoba con una antigüedad de seis meses, salvo excepción justificada por el/la profesional de Servicios Sociales.

2. Que el suministro se refiera a la vivienda habitual.

3. No disponer de medios económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de subsistencia, incluidas las relativas al consumo de agua. Salvo situación de excepcionalidad a justificar por el/la profesional de Servicios Sociales, para determinar la falta de recursos económicos se establece que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que integran la unidad familiar sea inferior a los umbrales económicos que se exponen a continuación, partiendo del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM (los valores aquí referidos lo son del año 2017, por lo que se deberán actualizar en cada momento de aplicación).

Primer miembro de la unidad familiar

Maximo ingresos mes = IPREM

1 miembro

537,84

Por cada miembro mayor de edad

IPREM + 0,1

1 miembro

537,84 + 53,78 euros

Por cada miembro menor de edad

IPREM + 0,2

1 miembro

537,84 + 107,57 euros

4. No estar pendiente de justificar prestaciones ayudas o bonificaciones concedidas con anterioridad. En el caso de haber sido beneficias con anterioridad de cualquier ayuda o bonificación económica de carácter municipal, no tener pendiente justificación de la misma con tres años de antelación.

5. No ser propietario de otros bienes muebles e inmuebles con cuya enajenación material pueda atender a las necesidades básicas de los interesados.

6. Que todos los miembros de la unidad familiar en edad de trabajar estén en búsqueda activa de empleo, teniendo una inscripción como demandante de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, pudiéndose aplicar excepcionalidad con prescripción técnica por parte del Equipo de Servicios Sociales.

Aunque los interesados no cumplieran algunos de los requisitos anteriores, el/la trabajador/a social podrá emitir informe favorable si, a partir de su valoración técnica, así lo considerase, justificando, en tal caso, las razones de la excepcionalidad aplicada.

Las reducciones se aplicarán a la factura bimestral de la siguiente forma:

" Una reducción de la cuota variable, por importe de 3 m³, por habitante y mes de la vivienda.

" La reducción será sobre el consumo máximo realizado.

" Para el cálculo de la reducción se aplicarán los precios de la tarifa vigente.

Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación:

" DNI del titular del suministro.

" Certificado de empadronamiento con lista de empadronados en el domicilio.

" Fotocopia del libro de familia en caso de unidades familiares de dos o más miembros.

" Documento acreditativo del importe de ingresos o pensión de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.

" Inscripción como demandante de empleo de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.

Dicha documentación se remitirá a los Servicios Sociales Municipales que evaluarán la situación social y económica de las familias afectadas, según antecedentes obrantes en el Centro y según la documentación remitida por EMACSA. Caso de no existir antecedentes o de ser éstos insuficientes, obsoletos etc., citarán al interesado y abrirán o actualizarán expediente, según corresponda. Tras ello, formularán propuesta al respecto (concesión, denegación), que remitirá a EMACSA para que actúe en consecuencia.

Si el peticionario tiene el suministro con contador comunitario, EMACSA entregara un impreso al interesado para que recabe la firma del presidente de la Comunidad- que deberá acompañar de fotocopia del DNI del mismo-, mostrando su conformidad con que la reducción aplicada al recibo de la comunidad revierta al peticionario.

La temporalidad de la reducción se fija en un periodo inicial de seis meses, tras los cuales se volverá a revisar la situación familiar, a petición del interesado. En caso de no mejorar o de empeorar las circunstancias familiares que propiciaron el acceso a la bonificación, se procederá a una prórroga de la misma por otros seis meses.

E) Bonificación a titulares de suministros de agua que abastezcan a inmuebles con patios admitidos al Concurso Oficial de Patios organizado por el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

A los titulares del suministro que sean admitidos al Concurso Oficial, con la única condición de estar al corriente de pago del suministro, se les aplicará las reducciones siguientes:

a) Reducción del 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) Reducción del 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

La reducción estará vigente por un plazo de doce meses contados a partir de la fecha de comunicación a EMACSA del acuerdo de admisión al concurso.

Nota: Las reducciones citadas anteriormente no se podrán aplicar de manera simultánea, es decir, aquellos abonados que tengan derecho a más de una deberán optar por alguna de ellas.

7.2. Cuota fija o de servicio (I.V.A. no incluido)

Cuota unitaria bimestral:

7.2.1. Suministros procedentes de EMACSA:

Uso Doméstico

€/vivienda

Doméstico

  3,32

Uso No Doméstico

Euros

Calibre contador

 

Hasta 15 mm.

  2,32

Mayor de 15 hasta 30 mm.

  5,15

Mayor de 30 hasta 60 mm.

34,32

Mayor de 60 mm.

63,15

7.2.2. Suministros NO procedentes de EMACSA:

Uso Doméstico

€/vivienda

Doméstico

  3,32

Uso No Doméstico

€/industria o local

Uso no doméstico

63,15

7.3. Mayor carga contaminante (I.V.A. no incluido).

Aquellos vertidos que en su composición sobrepasen los límites establecidos en la ordenanza técnica, se les aplicará, independientemente de la tarifa de consumo, un recargo por mayor carga contaminante a cada m³ de agua vertida, en función de los sólidos en suspensión y de la demanda bioquímica de oxígeno (DBO), en base a la siguiente tabla.

Euros/m³

Sólidos en suspensión (mg/l)

<700

<1000

<1500

<2000

<3000

<5000

<8000

mg/l

<700

0,000

0,117

0,270

0,407

0,473

0,591

0,745

D

<1000

0,275

0,341

0,381

0,500

0,527

0,656

0,835

 

<1500

0,518

0,533

0,559

0,592

0,631

0,723

0,984

B

<2000

0,559

0,611

0,656

0,757

0,887

1,025

1,128

 

<3000

1,072

1,205

1,316

1,441

1,478

1,580

1,645

O

<5000

1,290

1,730

1,796

1,875

1,942

1,973

2,010

 

<8000

2,174

2,203

2,253

2,301

2,399

2,593

2,888

Aquellos vertidos puntuales que sobrepasen en su composición los valores máximos establecidos en la anterior tabla y que por cualquier circunstancia excepcional haya accedido a la red pública de saneamiento, se les aplicará, independientemente de la tarifa de consumo, un recargo que se calculará por extrapolación de los valores máximos de sólidos en suspensión y demanda bioquímica de oxígeno recogidos en la tabla.

7.4. Descarga de camiones mixtos con aguas residuales domésticas en Edar. (I.V.A. no incluido).

Aquellas empresas debidamente autorizadas por EMACSA para descargar en sus estaciones depuradoras (EDARs) aguas residuales domésticas vehiculadas hacia las mismas en camiones mixtos, una vez comprobadas las características de estas aguas residuales por los servicios técnicos de EMACSA, abonarán un cargo por este servicio de 21,032 € (IVA no incluido).

7.5. Autorización de vertidos (I.V.A. no incluido).

Uso doméstico

€/vivienda/autorización

Doméstico

  31,33

Uso no doméstico

€/autorización

Calibre contador

Euros

Hasta 15 mm.

208,88

Mayor de 15 hasta 30 mm.

261,10

Mayor de 30 hasta 60 mm.

313,33

Mayor de 60 mm.

417,77

7.6. Autorización de trabajos en la red de alcantarillado (I.V.A. no incluido).

Con objeto de compensar los costes técnicos y administrativos ocasionados por la tramitación de autorizaciones de determinados trabajos a realizar por terceros en la red de alcantarillado, se facturará una cantidad de fija 208,88 € por autorización, más una parte variable igual al 2% del presupuesto de los trabajos a realizar o de las redes a conectar.

7.7. Ayudas acondicionamiento de acometidas de alcantarillado a familias con riesgo de exclusión social.

Las personas y/ o unidades familiares que tengan problemas con el funcionamiento de su acometida de vertido, y reúnan los siguientes requisitos:

1. Estar empadronados y residir en la ciudad de Córdoba con una antigüedad de seis meses, salvo excepción justificada por el/la profesional de Servicios Sociales.

2. Que el suministro se refiera a la vivienda habitual.

3. No disponer de medios económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de subsistencia. Salvo situación de excepcionalidad a justificar por el/la profesional de Servicios Sociales, para determinar la falta de recursos económicos se establece que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que integran la unidad familiar sea inferior a los umbrales económicos que se exponen a continuación, partiendo del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM (los valores aquí referidos lo son del año 2017, por lo que se deberán actualizar en cada momento de aplicación).

Primer miembro de la unidad familiar

Maximo ingresos mes = IPREM

1 miembro

537,84 euros

Por cada miembro mayor de edad

IPREM + 0,1

1 miembro

537,84 + 53,78 euros

Por cada miembro menor de edad

IPREM + 0,2

1 miembro

537,84 + 107,57 euros

4. No estar pendiente de justificar prestaciones ayudas o bonificaciones concedidas con anterioridad. En el caso de haber sido beneficias con anterioridad de cualquier ayuda o bonificación económica de carácter municipal, no tener pendiente justificación de la misma con tres años de antelación.

5. No ser propietario de otros bienes muebles e inmuebles con cuya enajenación material pueda atender a las necesidades básicas de los interesados.

6. Que todos los miembros de la unidad familiar en edad de trabajar estén en búsqueda activa de empleo, teniendo una inscripción como demandante de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, pudiéndose aplicar excepcionalidad con prescripción técnica por parte del Equipo de Servicios Sociales.

Aunque los interesados no cumplieran algunos de los requisitos anteriores, el/la Trabajador/a Social podrá emitir informe favorable si, a partir de su valoración técnica, así lo considerase, justificando en tal caso las razones de la excepcionalidad aplicada.

Los interesados solicitaran la ayuda en EMACSA, y para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación:

DNI del titular del suministro.

Certificado de empadronamiento con lista de empadronados en el domicilio.

Fotocopia del libro de familia en caso de unidades familiares de dos o más miembros.

Documento acreditativo del importe de ingresos o pensión de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.

Inscripción como demandante de empleo de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.

Dicha documentación se remitirá a los Servicios Sociales Municipales, que evaluaran la situación social y económica de las familias afectadas, según antecedentes obrantes en el Centro y según la documentación remitida por EMACSA. Caso de no existir antecedentes o de ser estos insuficientes, obsoletos, etc., citaran al interesado y abrirán o actualizaran expediente, según corresponda. Tras ello, formularan propuesta al respecto (favorable o desfavorable), que remitirá a EMACSA para que actúe en consecuencia.

Si la propuesta es favorable, EMACSA procederá al estudio y reparación de la acometida de vertido.

Si el peticionario tiene el suministro con contador comunitario, La solicitud de acometida la realizara la comunidad, y la ejecutara EMACSA, aplicando la ayuda a la parte proporcional del coste de la acometida dividida por el número de viviendas.

La dotación en el año para estas ayudas será de 400.000 euros".

Córdoba a 28 de noviembre de 2017. La Alcaldesa-Presidenta, Fdo. M. Isabel Ambrosio Palos. Vº Bº: El Secretario General del Pleno, Fdo. Valeriano Lavela Pérez.

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