Boletín nº 237 (18-12-2017)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 4.429/2017

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2017, adoptó los siguientes acuerdos:

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN EN TERRENO DE SUELO NO URBANIZABLE POLÍGONO 1 PARCELA 112, PRESENTADO POR ESTILO TEXTIL, S.L. PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES INDUSTRIALES DESTINADAS AL ALMACENAJE Y VENTA DE PRODUCTOS TEXTILES:

(...)

Primero. Declarar la utilidad pública e interés social de la actuación fundamentada en el impacto económico y social de la actividad que va a generar la implantación de la misma en esta Localidad. La declaración de interés público o social se entenderá a los únicos efectos de conllevar la aptitud de los terrenos para la implantación de la actuación.

Segundo. Visto el condicionado del Informe emitido por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Delegación Provincial de Córdoba) procede Considerar el carácter aislado de la edificación o instalación y que no existe posibilidad de formación de núcleo de población en el lugar de acuerdo con las Normas Subsidiarias Complementarias Provinciales aplicables al suelo no urbanizable.

Tercero. Aprobar el Proyecto de Actuación que fundamenta la declaración de utilidad pública o interés social.

Cuarto. En el trámite de concesión de licencia, se deberá asegurar la vinculación de la superficie a la actividad prevista, del total de la parcela, conforme al artículo 67.d) de la LOUA, así como la obtención de cuantas autorizaciones o informes sean exigibles a tenor de la legislación sectorial aplicable, en especial las reguladas en la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Quinto. La materialización del uso y actividad requerirá la obtención del resto de licencias, autorizaciones administrativas o cuantas actuaciones o medios de intervención administrativa fueran legalmente procedentes, determinándose en la licencia de obras correspondiente la prestación compensatoria y ,en su caso, la garantía previstas en el artículo 52 de la LOUA, para ello,el promotor de la actuación deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de acuerdo con lo regulado en el artículo 42.5.D.c. de la citada LOUA.

Sexto. Remitir el presente acuerdo para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Séptimo. Notificar promotor de la actuación, con indicación de que el presente acto finaliza la vía administrativa, así como del régimen de recursos.

En Villa del Río, a 5 de diciembre de 2017. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.

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