Boletín nº 238 (19-12-2017)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Castil de Campos

Nº. 4.480/2017

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario fecha 10 de noviembre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º II/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplementos de crédito, financiados con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, que se hace público como sigue a continuación:

ALTAS EN APLICACONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Modific.

de crédito

Créditos

finales

Progr.

Econ.

920

62600

Adquis. equipos informáticos

0,00

2.288,97

2.288,97

171

62500

Adquisición mobiliario Parques y Jardines

0,00

  892,74

  892,74

231

48000

Ayudas Sociales Familias

0,00

  161,92

  161,92

TOTAL

0,00

3.343,63

3.343,63

SUPLEMENTOS EN APLICACONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Modific.

de crédito

Créditos

finales

Progr.

Econ.

338

22699

Programa Festejos

17.000,00

3.000,00

20.000,00

454

76100

Aportación Capital

    450,00

    450,00

    900,00

342

60900

Constr. Pista Polideportiva

35.119,12

    444,18

35.563,30

1530

61900

Programa Garantía de Rentas (Nuevo reparto)

116.544,80

3.091,36

119.636,16

TOTAL

169.113,92

6.985,54

176.099,46

Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:

BAJAS O ANULACIONES DE CXRÉDITO EN OTRAS PARTIDAS

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Bajas o

anulaciones

Créditos

finales

Progr.

Econ.

925

50000

Fondo de Contingencia

6.000,00

3.715,09

2.284,91

432

63900

Infraestructuras turísticas

2.460,57

2.460,57

0,00

163

11000

Retribuciones personal laboral limpieza viaria

1.153,51

1.153,51

0,00

165

21300

Mantenimiento alumbrado público

6.900,00

3.000,00

3.900,00

TOTAL INGRESOS

16.514,08

10.329,17

6.184,91

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Castil de Campos, a 12 de diciembre de 2017. Firmdo electrónicamente: El Presidente de la Junta Vecinal, Juan Antonio Muñoz Hermosilla.

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