Boletín nº 238 (19-12-2017)
VI. Administración Local
Entidad Local Autónoma de Castil de Campos
Nº. 4.480/2017
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario fecha 10 de noviembre de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos n.º II/2017 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplementos de crédito, financiados con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, que se hace público como sigue a continuación:
ALTAS EN APLICACONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modific. de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Econ. |
||||
920 |
62600 |
Adquis. equipos informáticos |
0,00 |
2.288,97 |
2.288,97 |
171 |
62500 |
Adquisición mobiliario Parques y Jardines |
0,00 |
892,74 |
892,74 |
231 |
48000 |
Ayudas Sociales Familias |
0,00 |
161,92 |
161,92 |
TOTAL |
0,00 |
3.343,63 |
3.343,63 |
SUPLEMENTOS EN APLICACONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modific. de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Econ. |
||||
338 |
22699 |
Programa Festejos |
17.000,00 |
3.000,00 |
20.000,00 |
454 |
76100 |
Aportación Capital |
450,00 |
450,00 |
900,00 |
342 |
60900 |
Constr. Pista Polideportiva |
35.119,12 |
444,18 |
35.563,30 |
1530 |
61900 |
Programa Garantía de Rentas (Nuevo reparto) |
116.544,80 |
3.091,36 |
119.636,16 |
TOTAL |
169.113,92 |
6.985,54 |
176.099,46 |
Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
BAJAS O ANULACIONES DE CXRÉDITO EN OTRAS PARTIDAS
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Bajas o anulaciones |
Créditos finales |
|
Progr. |
Econ. |
||||
925 |
50000 |
Fondo de Contingencia |
6.000,00 |
3.715,09 |
2.284,91 |
432 |
63900 |
Infraestructuras turísticas |
2.460,57 |
2.460,57 |
0,00 |
163 |
11000 |
Retribuciones personal laboral limpieza viaria |
1.153,51 |
1.153,51 |
0,00 |
165 |
21300 |
Mantenimiento alumbrado público |
6.900,00 |
3.000,00 |
3.900,00 |
TOTAL INGRESOS |
16.514,08 |
10.329,17 |
6.184,91 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Castil de Campos, a 12 de diciembre de 2017. Firmdo electrónicamente: El Presidente de la Junta Vecinal, Juan Antonio Muñoz Hermosilla.