Boletín nº 242 (26-12-2017)

VIII. Otras Entidades

Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (EMPROACSA)
Córdoba

Nº. 4.601/2017

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE TRABAJADORES OFICIALES TERCERA DE REDES DE EMPROACSA-AGUAS DE CÓRDOBA

La presente convocatoria pública tiene por objeto regular la selección de trabajadores para cubrir las necesidades de contratación laboral indefinida de oficiales tercera C.I.A. incardinados en el Grupo IV Personal Operario, según lo dispuesto en el vigente Convenio Colectivo de EMPROACSA (B.O.P. núm. 80, de 3 de mayo de 2010) con cargo a la tasa de reposición correspondiente al año 2017, de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, concretada en dos puestos de trabajo, y así como tres puestos de trabajo que pueden adicionarse con cargo a la tasa de reposición que correspondiera al año 2018, siempre que se mantenga el actual modelo de cálculo de la citada tasa de reposición de efectivos referida al 100% de los ceses para dicho ejercicio en la Ley Presupuestos Generales del Estado, sin perjuicio de que, en el caso de nuevas vacantes que se generaran durante el ejercicio 2018 pudieran proveerse mediante la selección que ahora se convoca, si la legislación vigente lo permitiera, previo cumplimiento del requisito de convocatoria de concurso de traslado interno previsto en el Convenio Colectivo.

Los cinco puestos de trabajo inicialmente ofertados son los que tienen como centro de trabajo los siguientes municipios: Cardeña-Pedro Abad, Doña Mencía, Espejo, Guadalcázar y Torrecampo.

En todo caso, la cobertura de los puestos se realizará conforme se vaya produciendo el pase a la situación de jubilación parcial efectiva de los empleados que accedan a tal situación mediante la celebración del correspondiente contrato de relevo.

Este puesto está dotado con las retribuciones correspondientes a su categoría profesional de conformidad con el vigente Convenio Colectivo de EMPROACSA. Las funciones encomendadas son las recogidas en la referida norma paccionada.

Los candidatos que no resulten seleccionados pasarán a formar parte de una Bolsa de Trabajo de Oficiales de Tercera de Redes, destinada a la formalización de contrataciones de carácter eventual que sustituirá a la que estuviera vigente y cuyo vigor se extenderá a dos años desde la publicación de los resultados del proceso selectivo o hasta la realización de una nueva convocatoria, pudiendo ser prorrogada mediante acuerdo unánime por un año más.

La presente convocatoria está sometida a los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad recogidos en el Convenio Colectivo, a lo regulado en el mismo, así como a las siguientes bases.

1. Requisitos de los/as aspirantes

Podrán participar todos los/as interesados/as que reúnan los siguientes requisitos:

- Ser español o nacional de un estado de la U.E.

- No exceder de la edad máxima de jubilación ordinaria.

- Graduado Escolar, certificado de escolaridad o experiencia profesional de 6 meses como operario de sistemas de distribución de agua y saneamiento en empresas o servicios municipales de aguas o empresas de instalaciones o reparaciones relacionadas con ellas. En la fase de concurso de méritos no podrán computarse como méritos los alegados como requisitos. En el caso de acreditarse la experiencia como requisito no se computará como mérito los primeros seis meses.

- Estar en posesión del permiso de conducción clase B.

- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.

- No hallarse incurso/a en causa de incapacidad o incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.

2. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

- Prueba de aptitud.

- Fase de concurso de méritos.

2.1. Prueba de aptitud. Los aspirantes serán sometidos a una prueba de aptitud consistente en la realización de pruebas teórico y practicas sobre los temarios de la convocatoria. La puntuación máxima que podrá otorgarse por esta prueba será de 70 puntos, siendo necesario para superarla alcanzar un mínimo de 50% de la puntuación en cada ejercicio.

2.2. Fase de Concurso de méritos. Se valorarán los alegados por los interesados de acuerdo con el baremo establecido en las bases de esta convocatoria y hasta un máximo de 55 puntos. Se baremarán los méritos de los aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la prueba de aptitud y el concurso de méritos.

3. Baremo Fase Prueba de Aptitud

Constará de dos ejercicios eliminatorios sobre los temarios comunes y especifico del Anexo I:

1. Ejercicio teórico. Sobre las materias objeto de la convocatoria. Será eliminatorio y sólo pasarán esta prueba los aspirantes que hayan superado el 50% de la puntuación máxima. Consistirá en un ejercicio tipo test sobre el temario común y específico. La puntuación máxima será de 20 puntos.

2. Ejercicio práctico: La Comisión Evaluadora preparará las pruebas consistentes en la realización de ejercicios de aplicación práctica de las materias objeto de convocatoria, consistentes en demostrar el conocimiento y destreza en el manejo de equipos, herramientas y materiales empleados en el trabajo a desarrollar. Podrán incluirse la realización de tareas físicas o la realización de esquemas, croquis o demás elementos de soporte relacionados con la especialidad. La puntuación máxima será de 50 puntos, siendo necesaria una puntuación de 25 puntos para superarlo.

A criterio de los miembros de la Comisión Evaluadora se podrán realizar ambos ejercicios en una única convocatoria.

4. Baremo Fase Concurso de Méritos

El baremo para la selección de aspirantes a este concurso será el siguiente:

4.1. Titulación:

- Formación en Escuela Taller o F.P.O. (mínimo 400 horas) relacionada con el puesto de trabajo: 10 puntos.

- Formación profesional de Primer ciclo relacionada con el puesto de trabajo o Certificado de profesionalidad de la familia profesional Energía y agua: 15 puntos.

- Formación profesional de Segundo ciclo o superior, relacionada con el puesto de trabajo: 25 puntos.

Las titulaciones de Formación Profesional a considerar incluirán las relacionadas con el montaje y mantenimiento de redes de agua o disciplinas como Planta de tratamiento de agua, Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales, Sistemas de distribución de agua, fontanero, mecánica en especialidades relacionadas con máquinas, metal y soldadura, automoción y electricidad-electrónica, u otras afines.

Máxima puntuación: 25 puntos.

Sólo se puntuará la titulación de mayor rango.

4.2. Cursos:

Por la participación como asistente o alumno a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo. Los cursos de formación alegados deberán ser acreditados con el certificado oficial o diploma de asistencia y/o aprovechamiento, con indicación del número de horas lectivas.

- Cursos específicos de formación relacionados con instalación y reparación de tuberías:

Hasta 30 horas: 2,5 puntos.

De 31 a 100 horas: 5,00 puntos.

Más de 100 horas: 10,00 puntos.

- Otros cursos o habilitaciones relacionados con el desempeño del puesto, especialmente los relativos a formación en prevención de riesgos laborales: 0,25 puntos.

Podrán acumularse las horas realizadas de varios cursos para su valoración total.

Máxima puntuación: 10,00 puntos.

4.3. Experiencia profesional:

- Por cada mes completo de servicios prestados con vínculo laboral:

- En EMPROACSA o en otras empresas o entidades dedicadas a la gestión y explotación del Ciclo Integral del Agua: 0,8 puntos por mes.

- En otras empresas de instalaciones o reparaciones de conducciones de agua: 0,4 puntos por mes.

- La experiencia deberá acreditarse mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, debiendo asimismo aportarse cuantos documentos justifiquen la efectiva prestación de tales funciones.

Máxima puntuación: 15 puntos.

4.4. Ejercicios superados en otras pruebas selectivas:

Por cada ejercicio superado en pruebas selectivas para puestos de trabajo de operarios para la gestión y explotación del Ciclo Integral del Agua convocados por empresas de capital público o entidades públicas en los últimos cinco años computados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, lo que se acreditará med

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