Boletín nº 1 (02-01-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Cañete de las Torres
Nº. 4.603/2017
Por acuerdo del Pleno de fecha 27/07/2017, se aprobó definitivamente el Convenio Urbanístico de Gestión del ARI7-Almazara. Convenio que ha sido depositado en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con el Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los Registros Administrativos de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los bienes y Espacios Catalogados, y se crea el Registro Autonómico.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición potestativo, en el plazo de un mes, ante el Pleno de este Ayuntamiento, conforme a los artículos 112 y ss. de Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses de conformidad con el artículo 46 de Ley 29/88, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer Recurso de Reposición Potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Cañete de las Torres, 20 de diciembre de 2017. Firmado electrónicamente: ElAlcalde, Félix Romero Carrillo.