Boletín nº 10 (15-01-2018)

VIII. Otras Entidades

Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba

Nº. 87/2018

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DE DOS PUESTOS DE COORDINADORES TÉCNICOS DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA.

Base 1ª. Normativa

En lo no previsto en estas bases y hasta que se dicten las leyes de función pública que desarrollen el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, sigue siendo de aplicación la normativa sobre esta materia contenida en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y, en su condición de norma supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como candidato, funcionario, etc. debe entenderse en sentido compresivo de ambos sexos.

Base 2ª. Puestos Objeto de Cobertura

Son objeto de la presente convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, los puestos siguientes, que figuran en la vigente Relación de Puestos de Trabajo:

Puesto

Ads

Nivel

C.D.

Subgrupo

Específico

TITULACIÓN

Coordinador Técnico

2

F

24

A2

24.736,13 €

Ingeniero Técnico Industrial,

Arquitecto Técnico o equivalente

Ambos puestos radicarán en la sede del Consorcio Provincial, sita en la ciudad de Córdoba, si bien, con independencia del lugar en que radiquen los puestos de trabajo, los adjudicatarios vendrán a obligados a desplazarse con periodicidad a cada uno de los Parques de Bomberos de la Red Provincial de Prevención y Extinción de Incendios, así como a los distintos municipios incluidos en las zonas de cobertura de cada uno de los Parques.

Tales desplazamientos serán por cuenta del Consorcio.

La elección del sistema de provisión de libre designación, conlleva la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. Los titulares de los puestos de trabajo que resulten adjudicatarios por este sistema podrán ser cesados discrecionalmente. En caso de cese, se les deberá asignar un puesto de trabajo conforme al sistema de carrera profesional de la Diputación de Córdoba o del Ente Consorciado del que se proceda, con las garantías inherentes de dicho sistema.

Base 3ª. Solicitudes y Requisitos de Participación

Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y de los seis Ayuntamientos consorciados (Cabra, Lucena, Montilla, Palma del Río, Priego de Córdoba y Puente Genil), que cumpla los requisitos para su desempeño descritos en la vigente Relación de Puestos de Trabajo. Los requisitos se valorarán con referencia a la fecha de la publicación de las bases de la convocatoria que inicia el plazo de presentación de solicitudes. Se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación salvo que se encuentren en poder de este Consorcio Provincial. El cumplimiento de los requisitos deberá mantenerse hasta la toma de posesión del puesto obtenido.

La solicitud se presentará en el Registro General del Consorcio Provincial Prevención y Extinción de Incendios y Protección Civil de Córdoba directamente o a través de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En la solicitud se hará constar que se reúnen los requisitos especificados en la descripción del puesto y el orden de preferencia del puesto solicitado incluido en la presente convocatoria en caso de solicitarse varios de ellos.

Base 4ª. Plazo de Presentación de Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Base 5ª. Resolución

1. La idoneidad de los solicitantes para los puestos de trabajo que se convocan será de libre apreciación por la Presidencia del Consorcio. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se remitirán al titular de la Gerencia del Consorcio para que éste, una vez consultado con el titular de la Dirección Técnica, en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la finalización del plazo que se establece en el número 2 de esta Base, formule propuesta motivada de entre aquellos solicitantes que se estime reúnan los requisitos de los puestos de trabajo convocados. Igualmente, podrá proponer que se declare desierta la provisión del citado puesto cuando, a pesar de la existencia de candidatos que reúnan los requisitos mínimos exigidos, ninguno de ellos se considere adecuado para el puesto.

De no remitirse en el plazo indicado se entenderá que el órgano competente para efectuar tal propuesta opta por dejar el puesto vacante, incluyéndose el mismo en la siguiente convocatoria de Libre Designación.

2. Como quiera que los adjudicatarios procederán de los Entes Consorciados, se solicitará informe a los órganos que ostenten la competencia en materia de personal del Ente, o Entes, de origen de los funcionarios seleccionados. De no emitirse en el plazo de diez días naturales se considerará favorable. Si fuera desfavorable, podrá, no obstante, efectuarse el nombramiento previa autorización de la Junta General del Consorcio.

3. Los órganos competentes para efectuar la propuesta y el nombramiento podrán mantener una entrevista personal con los candidatos así como recabar la intervención de especialistas con objeto de apreciar la idoneidad de los mismos. En la misma se aportará currículum vitae, en el que consten los títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, estudios y cursos realizados, publicaciones y cuantos otros méritos se estime oportuno poner de manifiesto. Asimismo deberá aportarse fotocopia simple de los documentos acreditativos de los méritos alegados.

4. Las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia a la observancia de los principios de mérito y capacidad en la selección de la persona nombrada, al cumplimiento de los requisitos y especificaciones exigidas en la convocatoria, y a la competencia para proceder al mismo. En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Las resoluciones de nombramiento se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Córdoba, 11 de enero de 2018. Firmado electrónicamente por la Vicepresidenta del Consorcio, María Dolores Amo Camino. Por delegación del Sr. Presidente (Decreto de 13 de agosto de 2015. BOP de 3 de septiembre).

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