Boletín nº 12 (17-01-2018)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Huelva
Nº. 16/2018
Juzgado de lo Social Número 3 de Huelva
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 260/2017
De: Don Jaime Gómez Fernández
Contra: Convemar 95 SL
DOÑA MARIA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE HUELVA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 260/2017 a instancia de la parte actora don Jaime Gómez Fernández contra Convemar 95 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 12/12/17 y Decreto de 14/12/17 del tenor literal siguiente:
EDICTO
DOÑA MARIA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE HUELVA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 260/2017 a instancia de la parte actora don Jaime Gómez Fernández contra Convemar 95 SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 12/12/17 y Decreto de 14/12/17 del tenor literal siguiente:
DEL AUTO
Parte Dispositiva
S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a despachar ejecución frente a Convemar 95 SL y, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Convemar 95 SL, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 9.318,26 euros en concepto de principal, más la de 1.900 euros calculadas para intereses y gastos,debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres dias hábiles, siguientes a su notificación, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cuenta número 1932000030026017 abierta a nombre de este Juzgado, en la oficina de Banco Santander (Calle Marina nº 2) de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneficiarios de la S. Social, M. Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo/a. Sr./Sra.
DEL DECRETO
Parte Dispositiva
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
-Se acuerda el embargo de los saldos de las cuentas corrientes y otros a favor del ejecutado Convemar 95 SLtelemáticamente a través del punto neutro judicial.
-Se acuerda el embargo telemático de las cantidades que la AEAT tenga pendientes de devolver al ejecutado.
Notifíquese la presente resolución.
Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres dias hábiles, siguientes a su notificación, debiéndose consignar la cantidad de 25 € en la cuenta número 1932000030026017 abierta a nombre de este Juzgado, en la oficina de Banco Santander (Calle Marina nº 2) de esta Ciudad, estando exentos de esta obligación los que tengan condición de trabajadores o beneficiarios de la S. Social, M. Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
En Huelva, a 14 de diciembre de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Carmen Bellón Zurita.
Y para que sirva de notificación al demandado Convemar 95 SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de las Provincias de Huelva, Cádiz y Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a 14 de diciembre de 2017. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Carmen Bellón Zurita.