Boletín nº 21 (30-01-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de La Rambla
Nº. 140/2018
En sesión celebrada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de La Rambla el 29 de noviembre de 2017 se adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar el proyecto de actuación presentado por D. Guillermo Jiménez Aguilar, en representación de Envases Rambleños S.L., para Ampliación de Industria de Fabricación y Manipulado de Envases de Cartón Ondulado, en la finca sita en Paraje Cruz de los Pollitos, Ctra. A-386 p.k. 40,5 parcela base en polígono 20, parcela 139 y parcelas anexadas en polígono 20: parcelas 142, 148, 150 y 43, de este término municipal al tratarse de una empresa con una actividad continuada y solvente en crecimiento constante desde el año 2003 que va a suponer la generación y/o mantenimiento de empleo directos, mantenimiento de los 80 trabajadores existentes en la actualidad además de la generación de nuevo empleo previsto para llegar hasta los 101 trabajadores en un periodo de 4 años; además, este proyecto supondrá la creación de una serie de actividades y empleo indirecto, tanto en aspectos relacionados con la comercialización como en otros relacionados con la industria auxiliar: transporte, envases y embalajes, etc.
Segundo. Ordenar la publicación del acuerdo resolutorio de aprobación del proyecto de actuación presentado por D. Guillermo Jiménez Aguilar, en representación de Envases Rambleños S.L., para Ampliación de Industria de Fabricación y Manipulado de Envases de Cartón Ondulado, en la finca sita en Paraje Cruz de los Pollitos, Ctra. A-386 p.k. 40,5 parcela base en polígono 20, parcela 139 y parcelas anexadas en polígono 20: parcelas 142, 148, 150 y 43, del término municipal de La Rambla en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Tercero. Notificar al Promotor la siguiente:
- Plazo máximo establecido normativamente para resolver y notificar la admisión o inadmisión a trámite de la solicitud: 2 meses (artículo 43.3 Ley 7/2002, de 17 de diciembre).
- Efectos de la falta de resolución sobre la admisión o inadmisión a trámite de la solicitud en el plazo de 2 meses: el solicitante podrá instar el trámite de información pública.
- Plazo máximo establecido normativamente para resolver y notificar la resolución del procedimiento: 6 meses (artículo 43.2 Ley 7/2002, de 17 de diciembre), sin perjuicio de la posibilidad de suspensión de plazos en los casos establecidos en el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
- Efectos de la falta de resolución expresa (silencio): desestimatorios.
- Deberá solicitar la oportuna licencia urbanística municipal de obras en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, de Cuarto. Notificar el presente acto a D. Guillermo Jiménez Aguilar, en representación de Envases Rambleños S.L. a los efectos oportunos.
Lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en la ciudad de La Rambla, a la fecha indicada en el pie de firma del presente documento.
La Rambla a 15 de enero de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Alfonso Osuna Cobos.