Boletín nº 21 (30-01-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Bujalance

Nº. 153/2018

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Resultando que, el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 6 de abril de 2016, aprobó provisionalmente el Reglamento Regulador de las Bases para la Creación de la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Bujalance y, acorde a la legislación vigente, su exposición pública (BOP núm. 69, de 13 de abril, página 1369).

Resultando que, no habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en fecha 6 de abril de 2016 en el plazo de treinta días desde su publicación y, de conformidad con la legislación vigente, se aprobó definitivamente el Reglamento Regulador de las Bases para la Creación de la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Bujalance, publicándose íntegramente en el BOP núm. 96, de 23 de mayo de 2016.

Resultando que, por Resolución de Alcaldía núm. 2016/00000712, de fecha 10 de junio de 2016, se aprobó la convocatoria de la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Bujalance para los puestos de trabajo de Oficial de la Construcción, Electricista, Fontanero, Peón de la Construcción, Sepulturero, Jardinero, Pintor, Peón de Limpieza, Auxiliar Administrativo, Monitor Acuático, Socorrista Acuático, Monitor de Tiempo Libre y Conductor de Vehículos.

Resultando que, por Resolución de Alcaldía núm. 2017/00000545, de fecha 16 de junio de 2017, se aprobó la relación definitiva de admitidos y excluidos de la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Bujalance para los puestos de trabajo de Oficial de la Construcción, Electricista, Fontanero, Peón de la Construcción, Sepulturero, Jardinero, Pintor, Peón de Limpieza, Auxiliar Administrativo, Monitor Acuático, Socorrista Acuático, Monitor de Tiempo Libre y Conductor de Vehículos.

Visto el Acuerdo Plenario de fecha 30 de noviembre de 2017, por el que se aprueba convocatoria extraordinaria de la Bolsa de Empleo para las categorías de Sepulturero y Conductor de Vehículos.

Visto que, actualmente se ha realizado el llamamiento de la totalidad de los aspirantes a los puestos de trabajo de Sepulturero y Conductor de Vehículos.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la apertura de plazo para presentación de solicitudes y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelvo:

Primero. Aprobar la convocatoria extraordinaria de la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Bujalance para las categorías de Sepulturero y Conductor de Vehículos.

Segundo. Los requisitos de acceso, documentación, sistema de selección y criterios de valoración de los aspirantes, así como, las características de los puestos de trabajo, serán las establecidas en el Reglamento Regulador de las Bases para la Creación de la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Bujalance.

Tercero. Para el puesto de trabajo de Conductor de Vehículos se requiere, además de la titulación exigida en el Reglamento Regulador de las Bases para la Creación de la Bolsa de Empleo del Ayuntamiento de Bujalance, estar en posesión de los permisos de conducir clase C1-C y D1-D.

Cuarto. Publicar esta Resolución en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, siendo la fecha de publicación del anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de un mes para la presentación de solicitudes, conforme a lo establecido en el artículo 6.2 del citado Reglamento.

Quinto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba para su conocimiento general.

En Bujalance a 16 de enero de 2018. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Elena Alba Castro.

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