Boletín nº 21 (30-01-2018)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 36
Madrid
Nº. 168/2018
Juzgado de lo Social Número 36 de Madrid
Autos: Despidos/Ceses en general nº 98/2017. Ejecución nº 79/2017
Materia: Despido
Ejecutante: D. Rachid Zour Doublal
Ejecutada: Red Dimensiona S.L.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA ANGUSTIAS CARO VIDA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 36 DE MADRID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 79/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. Rachid Zour Doublal frente a Red Dimensiona S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva
Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecutoria sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente una vez verificado el cobro de cantidades.
A tal efecto se alza el embargo acordado en resolución de fecha 21/12/2017 por la cantidad que restaba para la liquidación de intereses y costas transfiriendo la misma a la cuenta bancaria aportada por la parte ejecutante.
Notifíquese esta resolución.
Modo de impugnacion: Contra el presente decreto cabe Recurso Directo de Revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco de Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2809-0000-64-0079-17.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Letrada de la Admón. de Justicia, Dña. María Angustias Caro Vida.
Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Red Dimensiona S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 10 de enero de 2018. La Letrada de la Admón. de Justicia, firma ilegible.