Boletín nº 28 (08-02-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Adamuz

Nº. 311/2018

Información pública del expediente de Adaptación parcial de las Normas Subsidiarias de Adamuz a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

El Pleno del Ayuntamiento de Adamuz, reunido en sesión ordinaria celebrada el 11 de enero de 2018, aprobó inicialmente la adaptación parcial de las Normas Subsidiarias de Adamuz a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. A continuación se publica el texto completo del mismo.

3. APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA ADAPTACIÓN PARCIAL A LA LOUA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE ADAMUZ.

A continuación se procede a la votación, aprobándose por unanimidad, (2 DECIdA, 5 PSOE, 2 PP y 2 IU-LVCA), el siguiente acuerdo:

Aprobación inicial de la Adaptación Parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias de Adamuz.

La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, publicada en el BOJA de 31 de diciembre de 2002 y en el BOE de 14 de enero de 2003, establece en su Disposición Transitoria 2ª la necesidad de que el planeamiento vigente en el momento de su entrada en vigor se adapte a las determinaciones de la misma, estableciendo en el segundo párrafo del apartado 2 de dicha Disposición que Transcurridos cuatro años desde la entrada en vigor de esta Ley, no podrán aprobarse modificaciones del planeamiento general que afecten a las determinaciones propias de la ordenación estructural, a dotaciones o a equipamientos cuando dicho instrumento de planeamiento no haya sido adaptado a la presente Ley, al menos, de forma parcial.

Posteriormente, y a fin de garantizar el acceso a una vivienda digna por parte de los ciudadanos, de dictaron diversas disposiciones que trataban de garantizar el suelo suficiente destinado a viviendas protegidas, entre ellas la Ley básica estatal 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, y en el ámbito autonómico la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, que modificó la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, con la finalidad de garantizar una oferta de suelo suficiente con destino a la promoción de viviendas protegidas en todos los municipios andaluces, lo que hacía más urgente la necesidad de que los mismos adaptaran su planeamiento general a las disposiciones de la LOUA.

Con dicha finalidad el Gobierno Andaluz dictó el Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas, que, en su capítulo II de la adaptación parcial de los Planes Generales de Ordenación Urbanística y Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, comprensivo de los artículos 2 a 8, establecía el procedimiento a seguir para realizar la adaptación parcial del planeamiento general a la LOUA.

Teniendo en cuenta que con fecha 27.01.1995 fueron aprobadas definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Adamuz, por acuerdo de la CPOTyU con suspensiones, si bien, desde la fecha de aprobación del Planeamiento General, se han realizado distintas modificaciones puntuales y subsanaciones que han afectado y ajustado las determinaciones del Planeamiento General, resulta necesario que nuestro Municipio efectúe la adecuación de su planeamiento general para adecuarlo a la LOUA.

Para llevarlo a cabo, se ha solicitado colaboración a la Excma. Diputación Provincial, por medio de la cual se ha encargado la redacción del documento técnico de Adaptación Parcial a la LOUA del Planeamiento Vigente de Adamuz, que ha sido elaborado por el Equipo Redactor Antonio Peña Amaro, Arquitecto y Miriam Mengual Campanero, Lda. En Ciencias Ambientales.

Dicho documento fue presentado en este Ayuntamiento el 8 de junio de 2017, el cual ha sido objeto de los siguientes informes:

1º. Informe Técnico-Jurídico elaborado por la Técnica Superior de Arquitectura, Unidad Alto Guadalquivir, Dª María Dolores González Montero, la Técnica especialista en Derecho Urbanístico Dª Fátima Gómez Luengo Carreras y el Jefe de la Unidad Territorial Alto Guadalquivir D. Bartolomé Yépez Ruiz, dependientes del Servicio de Arquitectura y Urbanismo Alto Guadalquivir, en el que se concluye que:

La adaptación Parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias de Adamuz se ajusta en su contenido documental, determinaciones y alcance a las exigencias de la legislación urbanística, por lo que se informa favorablemente a los efectos de su trámite de información pública (artículo 7.2 Decreto 11/2008).

2º. Informe de Secretaría, de carácter preceptivo, dado que el presente acuerdo requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, emitido el 8 de enero de 2018, en el que el Secretario-Interventor muestra su conformidad con el informe Técnico-Jurídico antes reseñado.

De todo lo anterior resulta que el expediente reúne todos los requisitos necesarios para su aprobación inicial.

En base a lo anterior, esta Alcaldía-Presidencia eleva para dictamen de la Comisión Informativa la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar inicialmente el Documento de La adaptación Parcial a la LOUA de las Normas Subsidiarias de Adamuz (Córdoba) a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, redactado por Antonio Peña Amaro, Arquitecto y Miriam Mengual Campanero, Lda. En Ciencias Ambientales.

Segundo. Abrir un plazo de información pública por periodo de un mes, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Tercero. Solicitar informe, dictámenes y otros pronunciamientos de los siguientes órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados, a fin de comprobar si la translación al documento del Planeamiento General vigente se ha realizado de forma correcta:

a) A la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, con Objeto de la inclusión de los Espacio Protegidos en la Red Natura 2000, que han sido declarados ZEC, las Vías Pecuarias y los Montes Públicos.

b) A la Consejería de Cultura, con objeto de la inclusión de Bienes inscritos en el CGPHA, enumerados en el informe Técnico-Jurídico (apartado 3.5).

Cuarto. Solicitar, durante el trámite de información pública previsto en el punto segundo del presente acuerdo, valoración sobre el contenido de la adaptación parcial a la Comisión territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Esta valoración deberá emitirse en el plazo de un mes, transcurrido el cual sin comunicación expresa al Ayuntamiento, éste podrá continuar la tramitación.

Quinto. Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Urbanismo Municipal y a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

En Adamuz a 29 de enero de 2018. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa-Presidenta, Manuela Bollero Calvillo.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad