Boletín nº 34 (16-02-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 481/2018
La Junta de Gobierno Local de esta Corporación, en sesión de fecha 9 de febrero de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:
NÚM. 20. EXP. 628/2018: PROPUESTA DE PRECIOS PÚBLICOS PARA LOS ESPECTÁCULOS INCLUIDOS EN EL PROGRAMA "ENRÉDATE" 2018.
La Presidencia, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 82.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, somete a la consideración de la Junta de Gobierno, al tratarse de un asunto delegado por el Pleno ratificar la inclusión de este expediente en el orden del día de la sesión, al carecer el mismo del preceptivo dictamen de la Comisión Informativa competente, inclusión que es acordada por unanimidad, pasandose a estudiar la propuesta con el siguiente contenido literal:
Visto el expediente que se tramita para el establecimiento del Texto regulador del Precio Público por entrada a espectáculos del programa Enrédate de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a celebrara durante el ejercicio 2018.
Vista la Memoria Económico-Financiera que consta en el expediente, de la que se deduce que el precio público no cubre el coste de la actividad, si bien se encuentra justificado por motivos culturales la fijación de los precios propuestos que se asimilan a los mínimos estipulados por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) para las actuaciones del su programa PLATEA muy similares a las que aquí se pretenden estipular, existiendo crédito en el presupuesto municipal para cubrir la parte del coste de las actividades que no cubre el precio propuesto.
Considerando que la competencia para la aprobación del establecimiento y la modificación de precios públicos corresponde a la Junta de Gobierno Local, por delegación del Ayuntamiento Pleno en sesión realizada en fecha 31/01/2018.
Por lo expuesto, se eleva a la Junta de gobierno Local, sin el previo dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda por razones de urgencia al celebrarse el primero de los espectáculos a que se refiere el texto regulador propuesto el próximo día 17/02/2018, la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero. Aprobar el establecimiento del siguiente Texto regulador del Precio Público por entrada a espectáculos del programa Enrédate de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a celebrara durante el ejercicio 2018.
TEXTO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR ENTRADA A ESPECTÁCULOS DEL PROGRAMA ENRÉDATE DE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES A CELEBRAR DURANTE EL EJERCICIO 2018
Artículo 1. Objeto
De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales -TRLRHL-, establece el precio público por entradas a espectáculos del programa Enrédate de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a celebrar durante el ejercicio 2018, de conformidad con el presente Texto Regulador del Precio Público.
Artículo 2. Obligados al pago
Están obligados al pago del precio público aquí regulado quienes soliciten la entrada a las sesiones de cada uno de los espectáculos que a continuación se relacionan:
Espectáculo |
Compañía |
Modalidad |
Fec. sesión |
Je suis swing! |
Trés Bien! |
Música |
17/02/18 |
Donde mueren las olas |
Colectivo La Balsa |
Circo |
28/07/18 |
Dunas |
Marta Santamaría |
Música |
06/10/18 |
Repudiados |
Varuma Teatro |
Danza |
03/11/18 |
Artículo 3. Cuantía
El importe del precio o tarifa es, IVA incluido (el presente precio se encuentra exento de IVA por aplicación del artículo 20.1.14.c de la Ley 37/1992, LIVA), el siguiente:
Concepto |
Precio por sesión |
Entrada espectáculo Je suis swing! |
10,00 € |
Entrada espectáculo Donde mueren las olas |
9,00 € |
Entrada espectáculo Dunas |
10,00 € |
Entrada espectáculo Repudiados |
10,00 € |
Artículo 4. Normas de gestión
La adquisición de entradas a los espectáculos cuyos precios se regulan en el presente texto se podrá realizar en las taquillas del Teatro Victoria de Priego de Córdoba en horario que sea fijado con suficiente antelación por el Área de Cultura y publicitado en la correspondiente Agenda Cultural.
En caso de cancelación de la sesión por la que se haya podido adquirir entrada, procederá la devolución del precio abonado que se justificará con el correspondiente tique de entrada.
En caso de suspensión de la sesión y traslado de la misma a otra fecha u horario distinto, el Ayuntamiento podrá optar por el canje de entradas para otra sesión del mismo espectáculo a conveniencia del obligado al pago.
La obligación al pago de los precios públicos regulados en el presente texto surge en el momento de retirar la entrada correspondiente a cada sesión.
Artículo 5. Cobro del precio público
La obligación al pago de los precios públicos regulados en el presente texto surge en el momento de retirar la entrada correspondiente a cada sesión.
Artículo 6. Remisión normativa
Los presentes precios públicos se regirán, en todo lo no previsto en el presente texto regulador, por la Ordenanza nº 20, reguladora del precio público por entrada a las sesiones y uso del Teatro Victoria y normativa a la que la esta última se remite.
Artículo 7. Entrada en vigor
Los presentes precios públicos entrarán en vigor el día siguiente de la publicación de este texto en el Boletín Oficial de la Provincia, y continuará en vigor para cada uno de ellos durante el ejercicio 2018.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo los interesados interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación.
Tercero. Dar cuenta a la Comisión Informativa de Hacienda y a Pleno de la Corporación en la próxima sesión que se celebre.
Visto lo anteriormete expuesto la Junta de Gobierno, por unanimidad de los miembros expresada en votación ordinaria acuerda:
Primero. Aprobar la propuesta en la literalidad de sus términos antes transcritos y que se dan por reproducidos en la parte dispositiva de este acuerdo.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo los interesados interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación, encomendado dichos tramites al Departamento de Ingresos por razón de la especificidad de la materia.
Tercero. Del presente acuerdo se dará cuenta a la Comisión Informativa de Hacienda, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 126.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.
Priego de Córdoba a 13 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Manuel Mármol Servián.