Boletín nº 35 (19-02-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cañete de las Torres

Nº. 499/2018

De conformidad con lo establecido en el artículo 101.1.c) 5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en los artículos 108 y 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto de 1978, se anuncia la aprobación definitiva del expediente de reparcelación voluntaria de la Unidad de Ejecución ARI 7 ALMAZARA que se ha tramitado por este Ayuntamiento y ha sido acordada por Resolucion del Sr. Alcalde de fecha 12/02/2018 que dice así:

Visto que, con fecha 02/08/2016, se presentó proyecto de reparcelación voluntaria de la unidad de ejecución ARI7 Almazara, formalizada en Escritura pública ante Dª. Alicia José Rivera Ginés, Notaria del Ilustre Colegio de andalucia con residencia en Bujalance, por propietario único, Agrícola Olivarera Virgen del Campo S.C.A.

Visto que sometido a información pública durante el plazo de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, n.º 226, de fecha 29/11/2017, en el periódico Diario Córdoba, de fecha 15/12/2017, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Visto que, según consta en el certificado de Secretaría de fecha 12 de febrero de 2018 en el período de información pública no se presentaron alegaciones algunas.

Visto que en cumplimiento del convenio Urbanístico de gestión ARI7 Almazara aprobado definitivamente por acuerdo plenario de 27/07/2017, y suscrito entre el Ayuntamiento de Cañete de las Torres y Agrícola Olivarera Virgen del Campo SCA, por la Compañía mercantil citada en fecha 22/01/2018 se ha ingresado el importer del diez por ciento del aprovechamiento que le corresponde al Ayuntamiento en el Sector, una vez valorado por tecnico competente, que asciende a 56.127,05 €.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

Resuelvo

Primero. Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación voluntaria de la unidad de ejecución ARI 7 Almazara, protocolizado en Escritura pública otorgada en fecha 23/10/2017, por Dª. Alicia-José Rivera Ginés, Notaria del Ilustre Colegio de Andalucia.

Segundo. Notificar y publicar la presente Resolución en la forma legalmente establecida, solicitándose su inscripción en el Registro de la Propiedad junto con la Escritura pública que recoge el proyecto de reparcelación voluntaria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente Recurso de Reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición potestativo no podrá interponer Recurso Contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Cañete de las Torres a 12 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Félix Manuel Romero Carrillo.

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