Boletín nº 36 (20-02-2018)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 554/2018

Extracto del acuerdo de fecha 13 de febrero de 2018 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades culturales sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos a incluir dentro del programa "Somos pueblo, somos cultura" de la Diputación de Córdoba, correspondiente al ejercicio 2018.

BDNS (Identif.): 386369

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Las personas físicas (individualmente o en grupo) o jurídicas, creadores, gestores culturales, productores, dinamizadores culturales, emprendedores, asociaciones y entidades culturales de carácter privadas, con residencia en Córdoba y su provincia. La concesión de las subvenciones se realizará por concurrencia competitiva.

Segundo. Finalidad

Apoyar técnica y económicamente a personas físicas (individualmente o en grupo) o jurídicas de carácter privado (creadores, gestores culturales, productores, dinamizadores culturales, emprendedores, asociaciones y entidades culturales de carácter privado), para la ejecución de proyectos de desarrollo cultural, referidos a las artes escénicas, cine, audiovisuales, música, flamenco, promoción del patrimonio cultural, a realizar en municipios con población menor de 50.000 habitantes. Las actividades deberán realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de enero de 2018.

Tercero. Bases reguladoras

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades culturales sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos a incluir dentro del programa "Somos pueblo, somos cultura" de la Diputación de Córdoba, correspondiente al ejercicio 2018 y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos) y en la página de la Delegación de Cultura http://www.dipucordoba.es/cultura.

Cuarto. Cuantía

El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 100.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos

La solicitud deberá ir acompañada de:

Documentación general:

a) En caso de asociaciones culturales y/o entidades culturales privadas:

1. Fotocopia del acta de elección del solicitante como representante legal de la entidad o asociación o cualquier otro documento que le acredite fehacientemente como tal.

2. Fotocopia del CIF de la asociación o entidad cultural solicitante.

3. Fotocopia de los Estatutos de la asociación y/o entidad cultural.

b) En caso de personas jurídicas: fotocopia de la Escritura de Constitución o en su caso Estatutos de la Sociedad, inscripción en el registro mercantil y código de identificación fiscal.

Documentación específica:

1. Proyecto descriptivo y completo de la actividad y/o actuación para la que se solicita subvención en el que se especifique: municipio donde se ejecute, tema, objetivos, planificación del proyecto con datos concretos como fechas, equipamiento público donde se desarrolle, duración, participantes, medios técnicos, plan de comunicación, etc. y cualquier material que ayude a la mejor compresión y valoración del proyecto.

2. Presupuesto desglosado de gastos e ingresos del proyecto para el que se solicita la subvención.

3. Documento del Ayuntamiento en el que se manifieste su interés en participar en el desarrollo del proyecto, firmado por el/la Alcalde/sa.

4. Certificado del Secretario de la asociación o entidad solicitante referido al acuerdo de participar en la presente convocatoria.

En Córdoba, 15 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente: La Diputada Delegada de Cultura, Mª Isabel Ruz García.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
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