Boletín nº 38 (22-02-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fernán Núñez

Nº. 461/2018

Doña Elena Ruiz Bueno, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de esta villa de Fernán- Núñez, (Córdoba) Hace saber:

Terminado el plazo de exposición al público, del expediente de modificación de varias Ordenanzas fiscales, cuya publicación inicial se insertó en el BOP nº 241 de 22 de diciembre de 2017, anuncio núm. 4.582/2017, y no habiéndose formulado reclamación u observación alguna, se publica la nueva redacción para general conocimiento:

TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL

Artículo 6º. Cuota tributaria

La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente Tarifa:

Epígrafe 1: Asignación de Bovedillas a 75 años: 650 euros

Epígrafe 2: Asignación de bovedillas por plazo de 10 años.: 140 euros. Transcurrido el plazo de 10 años, el interesado, podrá: a) Practicar sucesivas renovaciones por 5 años, hasta un máximo de 75 años (máximo,13 renovaciones), ascendiendo las sucesivas renovaciones a 70 euros cada una. b) Renovar directamente por 65 años años (en total la asignación será de 75 años), ascendiendo tal renovación a 650 euros.

Epígrafe 3: Asignación de columbarios a 75 años: 350 €.

Epígrafe 4: Asignación de sepultura a 75 años: 3.000,00 €.

En caso de bovedillas usadas,los conceptos anteriores se reducirán al 50%.

Epígrafe 5 Inhumaciones.

- Inhumación de cadáver en Bovedilla: 44,77 €.

- Inhumación de cadáver en Sepultura: 91,98 €.

- Inhumación de cadáver en Panteón: 128,63 €.

- Inhumación de restos humanos y cenizas en columbario: 14,48 €.

- Inhumación de restos humanos y cenizas, cualquiera que sea su número en Bovedilla: 23,62 €.

- Inhumación de restos humanos y cenizas, cualquiera que sea su número en Sepultura: 46,36 €.

- Inhumación de restos humanos y cenizas, cualquiera que sea su número en Panteón: 65,18 €.

Epígrafe 6: Exhumaciones y Traslados.

- Exhumación primer año: 133,40 €.

- Exhumación segundo año: 72,13 €.

- Exhumación tercer al quinto año: 56,49 €.

- Exhumación a partir del quinto año: 33,03 €.

- Traslado a otras poblaciones: 22,89 €.

- Exhumación con reducción de restos: 133,40 €.

Epígrafe 7:

- Retirada de lápidas con medios mecánicos externos: 100,00 €.

Epígrafe 8: Transmisiones y cambios de titularidad sólo entre familiares y hasta el cuarto grado de consanguinidad y primero de afinidad máximo.

- Familiares de primer grado Columbarios: 8,38 €.

- Familiares de primer grado Bovedillas: 8,38 €.

- Familiares de primer grado Sepulturas: 9,71 €.

- Familiares de primer grado Panteón: 19,71 €.

- Familiares de segundo grado Columbarios: 8,38 €.

- Familiares de segundo grado Bovedillas: 11,15 €.

- Familiares de segundo grado Sepulturas: 23,32 €.

- Familiares de segundo grado Panteón: 46,50 €.

- Familiares de tercer y cuarto grado Columbarios: 23,19 €.

- Familiares de tercer y cuarto grado Bovedillas: 44,04 €.

- Familiares de tercer y cuarto grado Sepulturas: 91,26 €.

- Familiares de tercer y cuarto grado Panteón: 184,82 €.

Epígrafe 9: Transmisiones por testamento

- Transmisión de columbarios: 23,19 €.

- Transmisión de Bovedillas: 44,04 €.

- Transmisión de Sepulturas: 91,26 €.

- Transmisión de Panteón: 184,82 €.

Artículo 7º. Declaración, liquidación e ingreso

1. Los sujetos pasivos solicitarán la prestación de los servicios o la realización de las actividades de que se trate.

2. Para los conceptos incluidos en los epígrafes 1, 2, 3, 5, 6 y 7 simultáneamente a la formulación de la solicitud, los sujetos pasivos presentarán, en modelo habilitado, autoliquidación de las cuotas fijadas para el servicio pretendido y realizarán el ingreso de la cantidad correspondiente en la Entidad bancaria autorizada.

3. Para los conceptos incluidos en los epígrafes 4, 8 y 9, cada servicio será objeto de liquidación individual y autónoma, que será notificada, una vez prestado dicho servicio, para su ingreso directo en la Entidad bancaria autorizada y en los plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación.

TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS PRIVADOS ADMINISTRATIVOS A INSTANCIA DE PARTE

Artículo 5º. Cuota tributaria

La cuota de esta Tasa será la siguiente:

Epígrafe 1: Documentos administrativos.

1. Certificados, por cada folio: 0,55 €.

2. Expediente Administrativo, por cada folio: 0,55 €.

3. Compulsa de documentos, cotejar bastanteos, por cada cara: 0,25 €.

4. Comparecencias y declaraciones juradas efectuadas por particulares ante autoridades o funcionarios municipales, cada una: 1,10 € .

5. Expedientes de devolución de fianzas: 53,65 €.

6. Informes Urbanísticos: 30,00 €.

7. Declaración de innecesariedad de segregación: 32,20 €.

8. Expediente de autorización de uso en terreno no urbanizable: 64,40 €.

9. Fotocopiadora

a) Particulares, sólo para trámite administrativo de este Ayuntamiento, cada una.

" En formato A4: 0,110 €.

" En formato A3: 0,215 €.

" En formato A4 en color: 0,65 €.

" En formato A3 en color: 1,30 €.

10. Altas y bajas, alteraciones y certificaciones de empadronamiento, de conducta, de convivencia y residencia, de pensiones, para entidades financieras de fe de vida y similares, por folio: 0,55 €.

TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS

PISCINA MUNICIPAL

La cuota de esta Tasa será la siguiente:

1. Por cada entrada de:

- Adultos, en día laborales: 3,60 €.

- Adultos, en sábados y días festivos: 6,00 €.

- Niños de 4 a 12 años días laborales: 1,80 €.

- Niños de 4 a 12 años sábados y días festivos: 3,50 €.

- Personas Discapacitadas: 0,60 €.

- Jubilados a partir de 65 años días laborales: 0,60 €.

- Jubilados a partir de 65 años sábados y días festivos: 1,80 €.

2. Bonos piscina :

Adultos (10 baños laborables): 21,00 €.

Niños de 4 a 12 (10 baños laborable): 10,00 €.

TASA POR UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LA VIA PÚBLICA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA

Artículo 6º. Normas de gestión

Las personas o entidades interesadas en la concesión o autorización para realizar los aprovechamientos sobre el dominio público municipal a que hace referencia esta Tasa, deberán presentar solicitud especificando la finalidad, número de metros de vía pública a ocupar, y demás requisitos exigidos por el Ayuntamiento.

Una vez autorizada o concedida la licencia de aprovechamiento se entenderá prorrogada mientras no se presente la declaración de baja por el interesado. Cuando finalice el aprovechamiento, los sujetos pasivos formularán las declaraciones de baja en el censo o padrón de la Tasa y surtirá efectos en el periodo natural siguiente al de la presentación de la misma, pudiendo en su caso, prorratearse por el perído natutal correspondiente. La no presentación de la baja determinará la obligación de continuar abonando la Tasa.

TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE LA VÍA PÚBLICA CON INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS O ATRACCIONES

* INSTALACION DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS O ATRACCIONES.

- En Mercadillo, cuota fija anual de 8,35 € euros y cuota variable de 1,30 € por m² y día.

- Cambio de titularidad: 0,65 euros por m² y día (se aplica sobre un año completo).

- Venta Ambulante, por cada día: 12,70 €/día.

- Espectáculos o atracciones: 0,30 € por m² y

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad