Boletín nº 40 (26-02-2018)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 471/2018

Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento: Procedim. Ordinario 576/2017. Negociado: V

De: D. José Jacobo Santaella Huertas y Dª. Matilde López Santaella

Abogada: Dª. Antonia Santaella Huertas

Contra: FOGASA y Dama Alimentación de la Tierra S.L.U.

 

DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 576/2017, a instancia de la parte actora D. José Jacobo Santaella Huertas y Dª. Matilde Lopez Santaella contra FOGASA y Dama Alimentación de la Tierra S.L.U., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 23 de enero de 2018 cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por D. José Jacobo Santaella Huertas y Dª. Matilde López Santaella, contra la empresa Dama Alimentos de La Tierra S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a los actores las sumas que a continuación se indicarán en concepto de principal, más interés de demora, y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.

- Sr. Santaella Huertas: 5.835,42 € de principal, más 544,20 € de interés de mora.

- Sra. López Santaella: 16.040,27 € de principal, más 1.237,69 € de interés de mora.

El FOGASA responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 057617 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.

Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Dama Alimentación de la Tierra S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 5 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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