Boletín nº 40 (26-02-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Viso

Nº. 516/2018

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 2, de fecha 3 de enero del corriente, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario inicial de fecha 28 de diciembre de 2017, aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO

SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

...

Artículo 4º. Gestión

...

4. Asimismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 103.2 d) del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se establece una bonificación del 40% de la culta del Impuesto, a favor de las construcciones, instalaciones y obras referentes a las Viviendas de Protección Oficial .

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

El Viso, a 15 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Juan Díaz Caballero.

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