Boletín nº 45 (06-03-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Palma del Río
Nº. 627/2018
ANUNCIO DE CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN EL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 6 DE FEBRERO DE 2018, DE APROBACIÓN DEL INICIO DEL EXPEDIENTE Y DEL PLIEGO DE CONDICIONES PARA CONCESIÓN USO PRIVATIVO DE LAS FINCAS REGISTRALES Nº 16648 Y 21179 PARA ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PESADOS.
Expediente: BI-17/2017.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palma del Río, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de febrero de 2018, adoptó el siguiente acuerdo de corrección de errores materiales del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 6 de febrero de 2018 de aprobación inicio expediente y pliego de condiciones para concesión uso privativo fincas registrales nº 16648 y 21179 para Estacionamiento de Vehículos Pesados.
Único. Rectificar el error material advertido en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 6 de febrero de 2018, de aprobación inicio de expediente y pliego de condiciones económico-administrativas particulares que ha de regir en el concurso, por tramitación ordinaria y procedimiento abierto, convocado por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río para la concesión del uso privativo de las fincas registrales números 16648 y 21179, sitas en el Polígono Industrial El Garrotal, de titularidad del Ayuntamiento de Palma del Río, para su destino a Estacionamiento de Vehículos Pesados, consistente en un error observado en el órgano de contratación fijado en la cláusula séptima del pliego de condiciones económico-administrativas particulares, que se transcribe en el mencionado acuerdo, de tal forma que en la citada cláusula séptima:
Donde dice:
Séptima. Órgano de Contratación
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1º de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, el órgano de contratación es el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
No obstante, en el presente caso, y a tenor de la delegación de competencias de la Alcaldía en Concejales de esta Corporación efectuada por Decreto de la Alcaldía de fecha 30 de mayo de 2017, registrado al número 750/2017 del Libro de Resoluciones, la competencia para llevar a cabo la concesión del bien objeto del presente pliego está atribuida a Dª Auria María Expósito Venegas, Tercera Teniente de Alcalde.
Dicho órgano tiene facultad para adjudicar la correspondiente concesión administrativa y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarla, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarla por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
A los efectos indicados en el apartado 2º de la Disposición Adicional Trigésima Tercera del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, se señala que corresponde a la Intervención General de este Ayuntamiento la competencia en materia de contabilidad pública.
Debe decir:
Séptima. Órgano de Contratación
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1º de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, el órgano de contratación es el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
No obstante, y a tenor de la delegación de competencias de la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local efectuada por Decreto de la Alcaldía 1.817/2015, de 18 de junio, la competencia para llevar a cabo la concesión del bien objeto del presente pliego está atribuida a la Junta de Gobierno Local, ya que el valor estimado de la concesión supera los 150.000 euros, y no es superior al 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni a la cantidad de 3.000.000,00 euros.
Dicho órgano tiene facultad para adjudicar la correspondiente concesión administrativa y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarla, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarla por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
A los efectos indicados en el apartado 2º de la Disposición Adicional Trigésima Tercera del Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, se señala que corresponde a la Intervención General de este Ayuntamiento la competencia en materia de contabilidad pública.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciendo constar que este acuerdo no afecta al anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 35, de 19 de febrero de 2018, ni altera los plazos de presentación de proposiciones indicados en el mismo.
Palma del Río, a 22 de febrero de 2018. Firmado electrónicamente: La Concejala-Delegada de Patrimonio y Concesiones, Auria María Expósito Venegas.