Boletín nº 45 (06-03-2018)

VIII. Otras Entidades

Patronato Municipal de Cultura Juan Bernier
La Carlota (Córdoba)

Nº. 757/2018

CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES CIUDADANAS SIN ÁNIMO DE LUCRO, QUE ESTÉN INSCRITAS EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES DE LA CARLOTA, DESTINADAS A LA CULTURA Y JUVENTUD 2018

BDNS (Identif.): 388034

Extracto de la Convocatoria que ha de regir la concesión de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, destinadas a la Cultura y Juventud 2018.

Gex: 955/2018

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.

Primero.

La finalidad de esta convocatoria es la de colaborar y favorecer el desarrollo de las asociaciones sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de La Carlota, con el fin de fomentar las actividades promovidas por las mismas siempre y cuando su objeto social esté relacionado con las áreas de cultura y juventud, y estará financiado con cargo a los recursos propios del Patronato Municipal de Cultura Juan Bernier.

Segundo. Beneficiarios:

Podrán concurrir a esta convocatoria todas las Asociaciones de carácter cultural y juvenil, con personalidad jurídica propia, constituidas legalmente, y que realicen su actividad general en el término municipal de La Carlota, desarrollando proyectos y actividades de un claro carácter cultural, con proyección o impacto sobre la población carloteña.

Las Asociaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

A) Estar legalmente constituidas como tales con inscripción actualizada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de La Carlota a la fecha de solicitud.

B) No estar incursas las personas jurídicas, las entidades o las personas que ostentan la representación legal de las mismas en alguno de los supuestos de prohibición, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por incapacidad o incompatibilidad, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

C) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas, locales y de la Seguridad Social.

D) Acompañar a la solicitud la documentación que se detalla en la cláusula sexta de la Convocatoria.

De forma excepcional, y siempre que la entidad solicitante, dentro de su objeto social,  se recojan concomitancias con las líneas de actuación subvencionadas por los Patronatos Municipales de Deportes y Servicios Sociales, podrán presentar un proyecto dentro de las referidas convocatoria promovidas por los mismos, siendo la Comisión de Valoración la encargada de determinar si dicha actuación propuesta se adecúa a las líneas de actuación subvencionadas.

Tercero. Bases reguladoras:

La presente convocatoria se regirá por en el Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota y sus Patronatos, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2017 y publicada en el B.O.P. nº 95, de 22 de mayo de 2017, así como por la presente convocatoria, aprobadas por Resolución de Presidencia/Alcaldía número 469/2018, de 1 de marzo del corriente.

Cuarto. Importe:

El crédito global destinado a la presente convocatoria asciende a diez mil euros (10.000,00 €), con cargo a la partida presupuestaria 3340-48900 (Subv. Asociaciones y Centros culturales del Municipio), y otras sin ánimo lucro, habiéndose efectuado la correspondiente retención de crédito.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos:

La solicitud se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota., o en la página web municipal: http://www.lacarlota.es/, siendo presentados en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avda. Carlos III, 50; o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

La Carlota a 1 de marzo de 2018. Firmado electrónicamente: El Presidente, Antonio Granados Miranda.

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