Boletín nº 49 (12-03-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Cabra

Nº. 791/2018

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL AÑO 2018

BDNS (Identif.): 388248

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones o colectivos sin ánimo de lucro, formalmente constituidos al menos con un año de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria e inscritos en el Registro de Entidades y Asociaciones del Patronato Municipal de Bienestar Social que se propongan la realización de actividades de carácter social,, en el ámbito de la ciudad de Cabra y núcleos de Gaena y Huertas Bajas.

Segundo. Finalidad:

El objeto de la convocatoria es la realización de Programas de Interés Social, es decir, programas destinados a realizar un conjunto coherente de actividades tendentes a conseguir unos objetivos determinados, en relación con problemas concretos, para una población definida y un plazo de tiempo determinado.

No serán subvencionadas aquellas actuaciones que ya se estén realizando por el Patronato Municipal de Bienestar Social con medios propios, así como las realizadas por otras entidades, por ser objeto de su competencia, salvo que se consideren complementarias de las mismas.

Tercero. Bases reguladoras:

Acuerdo del Consejo de Administración del Patronato Municipal de Bienestar Social, en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2017.

El texto integro de las citadas Bases fue publicado en el BOP Córdoba nº 67 de 07/04/2017.

Cuarto: Importe:

La cuantía económica total de la presente convocatoria de subvenciones asciende a 25.000,00 €, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 48900 2311 del Presupuesto del Patronato Municipal de Bienestar Social.

Las subvenciones y ayudas no podrán exceder en ningún caso del 75% del coste de la actividad.

Quinto: Plazo de presentación de solicitudes:

30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Documentación a adjuntar:

Las solicitudes o instancias, que estarán suscritas por la persona que ostenta la representación legal de la asociación, aportando copia de su DNI, vendrán acompañadas de los documentos siguientes:

" Programa de la actividad o actividades a desarrollar.

" Presupuesto de ingresos y gastos de la misma.

" Declaración expresa responsable de la persona que ostente la representación legal de la Asociación, en la que conste:

- Que se reúnen los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a de subvención pública conforme a la ley General de Subvenciones y los exigidos en el punto 2 de las presentes bases.

- Que la entidad solicitante no tiene pendiente justificación de subvenciones recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Cabra o por su Patronato Municipal de Bienestar Social siempre que ya hubiese expirado el plazo de justificación de las mismas.

- Que la entidad beneficiaria está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

- Declaración de otras ayudas recibidas o solicitadas a otros organismos para el mismo proyecto especificando su cuantía.

Documentación a presentar conforme a los anexos que se adjuntan a la convocatoria.

Cabra, a 5 de marzo de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Fernando priego Chacón.

Aviso jurídico

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