Boletín nº 49 (12-03-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 874/2018
No habiéndose producido reclamaciones respecto de la aprobación provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal número 19, reguladora del Precio Público por el Servicio de Piscina y Otras Instalaciones Deportivas Municipales, llevada a cabo por acuerdo de Pleno, de fecha 28 de diciembre de 2017, de conformidad con lo expresado en el anuncio de exposición pública que tuvo lugar con fecha 18/01/2018, BOP número 13, dicho acuerdo provisional ha quedado elevado a definitivo, entrando en vigor a partir de su publicación íntegra en el referido Boletín Oficial de la Provincia, y a cuyos efectos se acompaña como Anexo el texto íntegro de la Ordenanza aprobada.
Contra esta elevación a definitivo cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia en la forma prevista en la ley reguladora de dicha Jurisdicción.
ANEXO
ORDENANZA NÚMERO 19 REGULADORA
DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE PISCINA
Y OTRAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES 2018
Artículo 1. Concepto
De conformidad con lo previsto en artículo 127, en relación con el artículo 41 ambos del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público por prestación del servicio de piscina y otras instalaciones deportivas municipales, que se regirá por la presente Ordenanza.
Artículo 2. Obligados al pago
Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza quienes se beneficien de los servicios de la Piscina Municipal, y del uso de las demás instalaciones deportivas municipales.
Artículo 3. Cuantía
I. La cuantía de la prestación patrimonial pública regulada por ésta Ordenanza será la fijada en la Tarifa del presente artículo:
CARNET DEPORTIVO SMD (DESCUENTOS % SEGÚN SERVICIOS) No se podrán acumular descuentos de carné joven, pensionistas, carné deportivo, etc. |
20,00 € |
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Instalación: Campo de Fútbol CIUDAD DEPORTIVA CARLOS MACHADO |
€ hora o fracción |
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Tipo |
Usuario |
|
Sin luz |
Asociaciones deportivas y/o grupos de menores de 16 años |
11,00 |
Sin luz |
Grupos no asociados |
18,70 |
Con luz |
Asociaciones deportivas y/o grupos de menores de 16 años |
18,70 |
Con luz |
Grupos no asociados |
24,20 |
- El campo de fútbol podrá dividirse en dos de Fútbol-7, siendo la tarifa el 50% del importe expresado en cada apartado anterior según las circunstancias. |
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Instalación: Pabellón de Deportes |
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Tipo |
Sala de actividades |
€ hora o fracción |
Sin luz |
Asociaciones deportivas |
5,50 |
Con luz |
Asociaciones deportivas |
7,70 |
Sin luz |
Grupos no asociados |
7,70 |
Con luz |
Grupos no asociados |
9,90 |
Tipo |
Salas didáctica y de precalentamiento |
€ hora o fracción |
Sin luz |
Asociaciones deportivas |
3,30 |
Con luz |
Asociaciones deportivas |
4,95 |
Sin luz |
Grupos no asociados |
4,95 |
Con luz |
Grupos no asociados |
6,60 |
Tipo |
Sala polideportiva |
€ hora o fracción |
Sin luz |
Asociaciones deportivas |
15,00 |
Con luz |
Asociaciones deportivas |
20,00 |
Sin luz |
Grupos no asociados |
20,00 |
Con luz |
Grupos no asociados |
23,10 |
Instalación: Sala cubierta JOSÉ MARÍA CAMACHO de la Ciudad Deportiva C.M. |
||
Tipo |
Sala polideportiva |
€ hora o fracción |
Sin luz |
Asociaciones deportivas |
13,20 |
Con luz |
Asociaciones deportivas |
16,50 |
Sin luz |
Grupos no asociados |
20,00 |
Con luz |
Grupos no asociados |
23,10 |
- Bonificación única en todos los alquileres anteriores con carnet deportivo del S.M.D. 10% sobre precio. |
Instalación: Padel y Tenis - Ciudad Deportiva Carlos Machado |
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Alquiler pista de pádel una hora sin luz |
5,00 |
Alquiler pista de pádel una hora con luz |
6,00 |
Alquiler pista de tenis una hora sin luz |
5,00 |
Alquiler pista de tenis una hora con luz |
6,00 |
Bono de 10 horas pistas sin luz |
28,00 |
Bono de 10 horas pistas con luz |
38,25 |
Bonificación única pistas de padel y tenis con carnet deportivo del S.M.D 20% sobre precio. |
Instalación Piscina de Verano Las entradas/cursos/abonos, sólo serán válidos durante la temporada en que se adquieren. |
|
Entrada única adulto (laborables y festivos) |
3,00 € |
Entrada única niño (laborables y festivos) |
1,50 € |
Entrada única carné joven, pensionista (laborables y festivos) |
2,25 € |
Bono 10 baños adultos (laborables y festivos) de carácter personal |
22,50 € |
Bono 10 baños niños (laborables y festivos) de carácter personal |
11,25 € |
Bono 10 baños carné joven, pensionista (laborables y festivos) de carácter personal |
17,00 € |
Bono de 20 baños adulto (laborables y festivos) |
40,00 € |
Bono de 20 baños niños (laborables y festivos) |
20,00 € |
Bono de 20 baños carné joven, pensionista (laborables y festivos) de carácter personal |
30,00 € |
Bono de 20 baños para grupos de actividades organizadas (cursos de verano, campus, etc.) en horas pactadas |
35,00 € |
Servicios sin bonificaciones. |
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CURSOS NATACIÓN // ACTIVIDADES DIRIGIDAS |
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Curso natación niño, pensionista, carné joven, 10 sesiones |
23,00 € |
Curso natación niño, pensionista, carné joven, 12 sesiones |
27,50 € |
Curso natación adulto 10 sesiones |
25,00 € |
Curso natación adulto 12 sesiones |
30,00 € |
Curso natación Agua Salud, 10 sesiones (específicos, para personas con alguna patología específica diagnosticada 2,30 €/sesión |
23,00 € |
Curso natación Agua Salud, 12 sesiones (específicos, para personas con alguna patología específica diagnostica) |
27,50 € |
Curso natación personas con discapacidad 10 sesiones (curso específico) |
15,00 € |
Nado libre en horas habilitadas adulto |
2,00 € |
Nado libre en horas habilitadas niño, pensionista, carné joven |
1,50 € |
Bonos 10 baños Nado libre en horas habilitadas adulto |
15,00 € |
Bonos 20 baños Nado libre en horas habilitadas adulto |
26,00 € |
Bonos 10 baños Nado libre en horas habilitadas niño, pensionista, carné joven |
11,25 € |
Bonos 20 baños Nado libre en horas habilitadas niño, pensionista, carné joven |
19,50 € |
Curso actividades dirigidas adulto |
23,00 € |
Curso actividades dirigidas resto personas (no bonificación) |
16,00 € |
Cuota mes sala fitness/actividades |
22,00 € |
Bonificación única para estos servicios con carné deportivo del S.M.D 10% sobre precio |
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Escuela de verano en espacios habilitados (piscina, salas, pistas&), en horario de mañanas de 9:00/14:00 no festivos. Divisible por periodos |
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Precio escuela de verano por semana y niño/a |
40,00 € |
Precio escuela de verano por quincena y niño/a |
70,00 € |
Precio escuela de verano por mes y niño/a |
120,00 € |
Bonificación 10% segundo hermano, 15% tercer hermano |
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Precio hora alquiler sala de actividades edificio piscina (en horarios habilitados) |
30,00 € |
Instalación: Centro de Tecnificación de Tenis de Mesa CIUDAD DEPORTIVA CARLOS MACHADO |
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Tipo |
Sala de Juego |
€ hora o fracción |
Sin luz |
Área de Juego (mesa de juego) |
2,20 |
Con luz |
Área de Juego (mesa de juego) |
4,40 |
-- |
Pista completa para eventos deportivos |
22,00 |
-- |
Pista completa para actos no deportivos (**) |
55,00 |
-- |
Sala Múltiple (máximo 25 usuarios) |
16,50 |
-- |
Sala conferencias o aula (máximo 25 usuarios) |
22,00 |
-- |
Pista completa para eventos deportivos (*) €/ Día |
114,40 |
-- |
Suplemento vídeo proyector transparencias/diapositivas €/ Sesión |
343,20 |
Tipo |
Residencia para jugadores y equipos |
|
-- |
Apartamento equipado completo (máximo 2 personas) |
40,70 |
-- |
Alojamiento en habitación 4-5 plazas (por persona) |
17,60 |
Bonificaciones: Bonificación uso a Federación de Tenis de Mesa Bonificación uso a otras Federaciones Bonificación uso a clubes de tenis de mesa Bonificación uso a clubes de otros deportes (*) Precio IVA incluido (**) Previa autorización municipal. |
50,00% 25,00% 15,00% 5,00% |
II. Otros usos distintos a las actividades deportivas: En caso de autorización de usos para actividades extra deportivas no contempladas en el apartado anterior, que se otorgará discrecionalmente por la Junta de Gobierno Local, la tarifa por hora o fracción se fija en la cantidad de 150 €.
III. A los efectos de aplicación de éste artículo se seguirán las siguientes reglas:
a) 1. Los centros de enseñanza durante el horario lectivo y previa solicitud, podrán hacer uso de las instalaciones deportivas de forma gratuita debiendo hacerse responsables de las actividades que organicen y aportando el personal necesario para su desarrollo.
2. En el caso de la piscina municipal y zonas anexas, los centros de enseñanza, sólo tendrán acceso gratuito en horario lectivo habilitado y si se acogen a los programas municipales (juegos deportivos, escuelas de iniciación, o cualquier otro que promueva, organice y/o patrocine el propio Ayuntamiento) dentro de los horarios y actividades diseñadas a tal efecto según la capacidad de las instalaciones.
b) Tendrán consideración de asociaciones deportivas las que figuren inscritas como tales en el Registro de Clubes Deportivos de la Comunidad Autónoma Andaluza y Registro Municipal de Asociaciones.
c) Para los casos en que los deportistas deseen hacer uso de sólo una zona de cualquiera de las salas, para lo que habrá de quedar separada la parte a utilizar de la que quede libre, la tarifa se reducirá en proporción a la superficie ocupada respecto del total, siendo la fracción mínima la de una novena parte de la superficie total de la pista polideportiva.
d) Como regla general, los/as poseedores/as del carnet joven europeo o local, tendrán una bonificación del 25% sobre el precios públicos establecidos en la presente Ordenanza, excepto en los relativos a los servicio de la piscina municipal que serán los equiparables a los de establecidos para pensionistas y en los que ya venga definido el precio específicamente o venga definida una bonificación porcentual única.
e) Las bonificaciones no serán en ningún caso acumulables.
f) causas de devolución de la tasa en cursos:
- Casos de anulación de la misma por
motivo no imputable al interesado, siempre y cuando no haya
transcurrido más de 10 días, y no se haya cubierto
más del 20% de la actividad.
- Casos de anulación por el acaecimiento de
circunstancias sobrevenidas que no se pudieron prever en el
momento de formalización de la matrícula. En este
caso se devolverá la parte proporcional de la
matrícula no disfrutada.
Artículo 4. Base
Se tomará como base para la percepción de este precio público, a las personas naturales o a las plazas individuales reservadas a las personas jurídicas beneficiarias de los servicios.
Artículo 5. Exenciones
1. Las actividades que organice directamente el Ayuntamiento o en colaboración con otras entidades y /o que figuren como parte del programa municipal de Deportes del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, estarán exentas de satisfacer los precios públicos reseñados en esta Ordenanza.
2. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se podrá determinar la entrada gratuita a grupos o entidades de interés sociocultural, si bien, para mayor agilidad en esta tramitación, el Delegado de Deportes, previo informe del técnico, podrá autorizar el uso de las instalaciones con la exención correspondiente, elevando propuesta a la Junta de Gobierno Local, para su conocimiento y resolución.
Artículo 6. Obligación de pago
1. La obligación de pago del precio público regulado en ésta Ordenanza, nace desde que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades comprendidas en el artículo 3º.
2. El pago del precio público se efectuará en el momento de entrar al recinto de que se trate o al solicitar la utilización de las instalaciones y/o servicios.
Diposición Final
La presente Ordenanza, una vez aprobada definitivamente, entrará en vigor el mismo día de su publicación íntegra, o de sus modificaciones, en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de aplicación a hasta tanto se acuerde su modificación o derogación.
Priego de Córdoba, a 6 de marzo de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Manuel Mármol Servián.