Boletín nº 50 (13-03-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 885/2018

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de febrero de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

SÉPTIMO. APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Y MEJORAS DE LA ACCESIBILIDAD A LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES UBICADOS EN PALMA DEL RÍO.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de la Ciudad de fecha 15 de febrero de 2018, los reunidos, por unanimidad, con los votos a favor de PSOE-A (10), PP (4), IULV-CA (2), PA (1) y AHORA PALMA (2); que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:

Primero: Aprobar inicialmente la modificación de las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas y mejoras de la accesibilidad a los establecimientos comerciales ubicados en Palma del Río, con la redacción que a continuación se recoge:

Uno. Se elimina el contenido integro del artículo 4. Beneficiarios de la subvención. Requisitos, dándole de nuevo la siguiente redacción:

1. Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, que desarrollen una actividad empresarial en el término municipal de Palma del Río y reúnan los siguientes requisitos:

" Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatal y frente a la Seguridad Social.

" Estar al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Palma del Río.

" No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

" Tener su domicilio social y fiscal en el término municipal de Palma del Río.

" Encontrarse dado de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT en la actividad que le corresponda y ejerza la misma en un establecimiento abierto al público.

Dos. Se modifica el punto 4 del articulo 7. Presentación de solicitud. Documentación, que queda redactado de la siguiente forma:

4. Las solicitudes que deberán formalizarse conforme al modelo aprobado en la correspondiente convocatoria, e irán acompañada de los originales o fotocopias debidamente compulsadas de los siguientes documentos:

" DNI si es persona física y en el supuesto de personas jurídicas CIF de la empresa y escrituras de constitución, estatutos y sus modificaciones, inscritas en el correspondiente registro.

" Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante legal y DNI del mismo.

" Memoria explicativa de la actuación para la que se solicita la subvención.

" Presupuesto detallado de la actuación o factura del gasto correspondiente en el supuesto de que ya se haya llevado a cabo la actuación, en la que deberá hacerse referencia expresa, o estar dirigidas, al local para el cual se solicita la ayuda.

" Documento justificativo del pago de la liquidación provisional de la Licencia de Obras, en el caso de que ya se haya llevado a cabo la actuación.

" Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En el caso de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica presentarán dicha declaración cada uno de los miembros.

" En relación a la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias con la AEAT y obligaciones con la Seguridad Social y Ayuntamiento de Palma del Río, de conformidad con el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud para la obtención de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa dicha acreditación a través de certificados electrónicos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dicha certificación.

" En el caso de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica deberán indicar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, y deberá nombrarse un representante de la agrupación.

" Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT emitido en el plazo establecido para la presentación de la solicitud de subvención.

" Y cualquier otro documento que se establezca en la correspondiente convocatoria.

Segundo: Someter dicha modificación inicial de las Bases reguladoras, a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

Tercero: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

Palma del Río a 8 de marzo de 2018. Firmado electrónicamente: La Concejala por delegación de firma del Sr. Alcalde-Presidente, Auria María Expósito Venegas.

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