Boletín nº 56 (21-03-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 972/2018

EXTRACTO DEL ACUERDO N.º 156/18 DE JGL DE 9 DE MARZO DE 2018 DE LA DELEGACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES 2018 PARA EL FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3n y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

BDNS (Identif.): 390136

Primero. Beneficiarias

Todas aquellas Asociaciones que se encuentren legalmente constituidas y estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Córdoba como mínimo a 31 de diciembre del año anterior de la presente convocatoria. También los Colectivos, siempre que cumplan lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba.

Segundo. Objeto

Fomentar la participación ciudadana en el término municipal de Córdoba para la promoción y desarrollo de actividades relacionadas con la participación ciudadana.

Tercero. Bases Reguladoras

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2018 PARA EL FOMENTO DE LA PARTICIPACION CIUDADANA.

(URL:http://participa.cordoba.es/ms-ayudas-subvenciones-y-convenios/ms-subvenciones/subvenciones-para-el-fomento-de-la-participacion

Cuarto. Cuantía

La cantidad destinada a subvencionar los proyectos y gastos de funcionamiento,a través de esta convocatoria, es de 111.520 euros. La cuantía máxima que podrá percibir cada entidad o colectivo no podrá superar los DOS MIL EUROS.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos

De conformidad con las bases de la convocatoria, la solicitud deberá ir acompañada de un proyecto (para la Modalidad A) o la Relación de Actividades a realizar en el año de la convocatoria (para la Modalidad B) fechado y firmado por el/la solicitante. El proyecto deberá respetar el contenido indicado en la convocatoria, y tiene que ser necesariamente presentado junto con la solicitud, y por tanto no podrá ser objeto de subsanación. El abono de la cantidad subvencionable se acogerá a la modalidad de pago anticipado.

Córdoba, a 16 de marzo de 2018. Firmado electrónicamente: La Teniente de Alcalde Delegada de Participación Ciudadana, Alba María Doblas Miranda.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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