Boletín nº 60 (27-03-2018)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba

Nº. 1.055/2018

EXTRACTO DEL ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL IMDEEC Nº 8/18, URGENCIA, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO 2018 Y SUS BASES REGULADORAS

BDNS (Identif.): 391105

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios/as

1. Podrán adquirir la condición de beneficiarias de las subvenciones acogidas a esta Convocatoria las Entidades sin Ánimo de Lucro (en adelante, Entidades) que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

- La condición de Sin Ánimo de Lucro debe estar recogida expresamente en sus Estatutos o así se haya establecido por alguna Administración Pública.

- No estén participadas por Administraciones y/o Entidades Públicas, salvo en el caso que sean participadas por Universidades.

- De manera explícita en sus Estatutos deberán contemplarse objetivos relacionados con las Líneas de Actuación, contenidas en las Bases reguladoras, a la que presentan su participación en la Convocatoria.

- Deberán estar inscritas en el correspondiente Registro con antelación al comienzo del plazo de presentación de solicitudes de esta Convocatoria.

2. En el supuesto de que a una misma Línea de Actuación concurrieran en la presentación de solicitudes, por un lado, una Entidad sin Ánimo de Lucro de naturaleza federada, es decir, aquella que englobe a su vez varias Entidades sin Ánimo de Lucro como integrantes de ésta, y por otro, una Entidad asociada a aquélla, dará lugar a la inadmisión de la solicitud presentada por la Entidad asociada.

3. Una Entidad sólo podrá resultar beneficiaria de un único proyecto/actividad acogido a la correspondiente Línea de Actuación.

4. En el supuesto de que una Entidad fuese susceptible de resultar beneficiaria en más de una Línea de Actuación, será el IMDEEC el que determine el proyecto/actividad a desarrollar objeto de subvención, atendiendo preferentemente a la necesidad de cubrir el mayor número de Líneas de Actuación.

Segundo. Objeto

Esta Convocatoria tiene como objetivos, por un lado, implementar las líneas estratégicas recogidas en los Presupuestos del IMDEEC para este ejercicio a través de las Entidades beneficiarias, contando con la financiación para ello, y por otro, desarrollar aquéllos que le son de competencia, entre otros:

1. Fomentar la cultura emprendedora, especialmente entre el colectivo de personas jóvenes.

2. Promocionar el tejido empresarial del municipio de Córdoba con perspectiva de género.

3. Poner en valor las oportunidades de negocios locales.

4. Impulsar los valores sociales en el ámbito del emprendimiento.

5. Fomentar la inserción sociolaboral de colectivos desfavorecidos a través de la innovación.

6. Promover el retorno del talento cordobés mediante la inserción laboral.

7. Fomentar la cooperación empresarial para la expansión de mercados.

8. Promocionar el emprendimiento tecnológico y la industria digital.

9. Fomentar la proyección exterior de Córdoba a través del impulso de los diferentes sectores estratégicos de Córdoba.

Tercero. Bases reguladoras

a) Marco General que regula todas las Convocatorias de Subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba, y del IMDEEC como Organismo autónomo de éste.

http://www.cordoba.es/images/stories/documentos/Ayuntamiento/Ordenanzas/Ordenanzas_y_Reglamentos_Municipales/Subvenciones_y_Patrocinios/Ordenanza_General_de_Subvenciones_del_Ayuntamiento_de_Cordoba.pdf

b) Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones a Entidades Sin Ánimo de Lucro 2018, aprobadas por el Consejo Rector del IMDEEC en sesión ordinaria de fecha 20 de marzo de 2018.

Las Bases reguladoras de esta Convocatoria se publicitarán en el Tablón de Anuncios del IMDEEC, y supletoriamente, en la página web del IMDEEC (http://imdeec.es/) y en la sección de Avisos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba (https://sede.cordoba.es/).

Cuarto. Cuantía

a) Importe de la Convocatoria.

Para atender la financiación de la Convocatoria se dispondrá de un crédito total de 300.000 €, con cargo al presupuesto de gastos del IMDEEC, aplicación presupuestaria 0 4390 48000 A Entidades sin Ánimo de Lucro, distribuyéndose el mismo en función de las siguientes Líneas de Actuación y ejercicios presupuestarios.

1. Fomento de la cultura emprendedora, especialmente entre el colectivo de personas jóvenes.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

Nº de proyectos: 1.

Total subvención línea: 25.000,00 €.

Ejercicio 2018: 12.000,00 €.

Ejercicio 2019: 13.000,00 €.

2. Promoción del tejido empresarial del municipio de Córdoba con perspectiva de género.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

Nº de proyectos: 1.

Total subvención línea: 25.000,00 €.

Ejercicio 2018: 12.000,00 €.

Ejercicio 2019: 13.000,00 €.

3. Puesta en valor de las oportunidades de negocios locales.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

Nº de proyectos: 1.

Total subvención línea: 25.000,00 €.

Ejercicio 2018: 12.000,00 €.

Ejercicio 2019: 13.000,00 €.

4. Impulso de los valores sociales en el ámbito del emprendimiento.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

Nº de proyectos: 2.

Total subvención línea: 50.000,00 €.

Ejercicio 2018: 24.000,00 €.

Ejercicio 2019: 26.000,00 €.

5. Fomento de la inserción sociolaboral de colectivos desfavorecidos a través de la innovación.

Subvención máxima por proyecto: 8.000,00 €.

Nº de proyectos: 5.

Total subvención línea: 40.000,00 €.

Ejercicio 2018: 24.000,00 €.

Ejercicio 2019: 16.000,00 €.

6. Promoción del retorno del talento cordobés mediante la inserción laboral.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

Nº de proyectos: 1.

Total subvención línea: 25.000,00 €.

Ejercicio 2018: 12.000,00 €.

Ejercicio 2019: 13.000,00 €.

7. Fomento de la cooperación empresarial para la expansión de mercados.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

Nº de proyectos: 1.

Total subvención línea: 25.000,00 €.

Ejercicio 2018: 12.000,00 €.

Ejercicio 2019: 13.000,00 €.

8. Promoción del emprendimiento tecnológico y la industria digital.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

Nº de proyectos: 1.

Total subvención línea: 25.000,00 €.

Ejercicio 2018: 12.000,00 €.

Ejercicio 2019: 13.000,00 €.

9. Fomento de la proyección exterior de Córdoba a través del impulso de los diferentes sectores estratégicos de Córdoba.

Subvención máxima por proyecto: 20.000,00 €.

Nº de proyectos: 3.

Total subvención línea: 60.000,00 €.

Ejercicio 2018: 36.000,00 €.

Ejercicio 2019: 24.000,00 €.

A la vista de lo que antecede, la distribución del crédito de la aplicación presupuestaria 0 4390 48000 A Entidades sin Ánimo de Lucro por ejercicio es la siguiente:

Ejercicio 2018: 156.000,00 €.

Ejercicio 2019: 144.000,00 €.

b) Cuantía de la Subvención.

La cuantía de las subvenciones concedidas en esta Convocatoria podrá llegar hasta el 100% de los conceptos de gasto subvencionables solicitados (incluido el IVA, en su caso, atendiendo al punto 6.4 de estas Bases reguladoras), con un límite por proyecto/actividad y cada Línea de Actuación que se detalla a continuación:

1. Fomento de la cultura emprendedora, especialmente entre el colectivo de personas jóvenes.

Subvención máxima por proyecto: 25.000,00 €.

2. Promoción del tejido empresarial del municipio de Córdoba con perspectiva de género.

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