Boletín nº 62 (02-04-2018)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 940/2018
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Procedimiento ordinario 66/2018
De: Don Matías Ramírez Moreno
Contra: Fondo de Garantía Salarial y INRESUR Gas SL
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 66/2018, a instancia de la parte actora don Matías Ramírez Moreno contra Fondo de Garantía Salarial y INRESUR Gas SL, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado Diligencia de Ordenación del día de la fecha del tenor literal siguiente:
"Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz.
En Córdoba, a seis de marzo de dieciocho.
La extiendo yo la Letrada de la Administración de Justicia para hacer constar que se ha presentado escrito por el Graduado Social don Juan Medina López dando cumplimiento al requerimiento efectuado en Diligencia de Ordenación de fecha 30 de enero de 2018, visto su contenido, la empresa demandada INRESUR Gas SL, está en paradero desconocido en las dos direcciones aportadas y además, constando en este Juzgado en los autos 867/17 página 53 que dicha empresa tiene como posible domicilio en Córdoba y habiéndose intentado en la misma y siendo desconocido también, se acuerda citar para la celebración del acto del juicio oral, señalado el próximo día 21 de junio de 2018, a las 9:45 horas, a la misma a través del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa.
Notifíquese esta resolución a las partes habiéndole saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio de recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, y sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Modo de Impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida".
Y para que sirva de notificación a la demandada INRESUR Gas SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Cordoba, a 8 de marzo de 2018. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.