Boletín nº 69 (11-04-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 1.010/2018

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la aprobación del Reglamento para la Gestión del Funcionamiento del Servicio de Asistencia Domiciliaria del Excmo. Ayto. de Alcaracejos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA DOMICILIARIA DEL EXCMO. AYTO. DE ALCARACEJOS 2018

1. Naturaleza y finalidad del servicio

El Servicio de Ayuda a Domicilio es una Prestación Básica de los Servicios Sociales.

Actualmente se accede a este servicio como Plan Individual de Atención regulado por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, Ley de la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

El Servicio tiene como finalidad la mejora de la calidad de vida, proporcionando un bienestar social adecuado en el entorno habitual de la persona usuaria.

Este Ayuntamiento dentro del abanico de servicios sociales que regula, va a incluir un servicio de asistencia domiciliaria municipal para paliar necesidades detectadas y proporcionar así un bienestar social adecuado y una calidad de vida digna a vecinos de la localidad.

2. Definición

El Servicio de Asistencia Domiciliaria es una prestación básica que proporciona mediante personal cualificado y supervisado una ayuda personal y unos determinados servicios a aquellas personas que tienen dificultades para permanecer o desenvolverse en su entorno habitual.

3. Destinatarios del servicio

Podrán acceder al Servicio de Asistencia Domiciliaria Municipal aquellas personas que tengan mermada su autonomía física, psicológica y/o limitaciones sociales que disminuyan su capacidad de permanencia en su domicilio y que no tengan Plan Individual de Atención por Ley 39/2006, que esté en trámite su resolución o que aún teniéndola, se considere que el recuso no se adecua a las necesidades detectadas mientras se tramita la revisión del mismo. Dentro de estos grupos se deberán de considerar las siguientes situaciones:

3.1. Personas que presenten una situación de necesidad y de urgencia médica grave.

3.2. Personas que presenten una situación de necesidad y médica transitoria.

3.3. Personas que presenten una situación de necesidad derivada de problemática social u otras circunstancias sociales como pueden ser soledad, problemática familiar, violencia, situación de marginación social, etc.

4. Objetivos

a) Paliar a través de este servicio diferentes necesidades que no tienen cobertura por la Ley 39/2006, o que teniéndola no es suficiente por agravamiento de la situación.

b) Promover la autonomía personal en el medio habitual, atendiendo a las necesidades de las personas con dificultades para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria.

c) Prevenir y evitar el internamiento de personas que con este servicio puedan continuar en su entorno habitual.

d) Apoyar a las unidades de convivencia con dificultades para afrontar las responsabilidades de la vida diaria.

e) Favorecer el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de vida adecuados.

f) Promover la convivencia de las persona en su grupo de pertenencia y con su entorno comunitario.

g) Favorecer la participación de las personas y de las unidades de convivencia en la vida de la comunidad.

h) Atender situaciones coyunturales de crisis personal o convivencial.

i) Servir como medida de desahogo familiar apoyando a las personas cuidadoras en su relación de cuidado y atención.

5. Características

a) Público: Su titularidad corresponde al Excmo. Ayto. de Alcaracejos.

b) Polivalente: Cubre una amplia gama de necesidades de personas o unidades de convivencia que no tienen otros recursos sociales, o que teniéndolos no son suficientes por un agravamiento de la situación.

c) Normalizador: Utiliza los cauces establecidos para la satisfacción de las necesidades.

d) Domiciliario: Se realiza en el domicilio de las personas.

e) Global: Considera todos los aspectos o circunstancias que inciden en las necesidades de las personas.

f) Integrador: Facilita la relación de las personas y unidades de convivencia con su red social.

g) Preventivo: Trata de evitar y detener situaciones de deterioro o internamientos innecesarios.

h) Transitorio: Se mantiene hasta conseguir los objetivos de autonomía propuestos.

i) Educativos: Favorece la adquisición y desarrollo de la capacidades y habilidades de la personas haciéndola agente de su propio cambio.

j) Técnico: Se presta por un equipo interdisciplinar y cualificado a través de un proyecto de intervención social.

6. Contenido del servicio

6.1. La prestación del servicio de Asistencia Domiciliaria Municipal comprende las siguientes actuaciones:

" Actuaciones de carácter doméstico.

" Actuaciones de carácter personal.

6.2. La prestación del servicio se realizará de lunes a viernes en horarios de mañana y/o tarde (y extraordinariamente sábados), siempre ajustando el servicio a la necesidad de la persona atendida, quedando reflejado así en el proyecto de intervención.

6.3. La intensidad del servicio se plasmará en el informe de la trabajadora social responsable del servicio, quedando reflejado las horas mensuales y el contenido prestacional traducido a actuaciones domésticas y/o personales a realizar por el/la Auxiliar encargada del caso.

7. Actuaciones del servicio de Asistencia Domiciliaria Municipal

Las actuaciones básicas generales que se van a prestar a los usuarios son:

a) Actuaciones de carácter doméstico.

b) Actuaciones de carácter personal.

Se excluyen expresamente del Servicio de Asistencia Domiciliaria las siguientes actuaciones:

a) La atención a otros miembros de la unidad de convivencia que no hayan sido contemplados en la valoración, propuesta técnica y concesión del servicio.

b) Las actuaciones de carácter sanitario y otras que requieran una cualificación profesional específica.

Actuaciones de carácter doméstico:

Son aquellas actividades y tareas que van dirigidas fundamentalmente al cuidado del domicilio y sus enseres como apoyo a la autonomía personal y de la unidad de convivencia.

Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:

a) Relacionadas con la alimentación:

1.ª Preparación de alimentos en el domicilio.

2.ª Compra de alimentos con cargo a la persona usuaria.

b) Relacionados con el vestido:

1.ª Lavado de ropa en el domicilio y/o fuera del mismo.

2.ª Repaso y ordenación de ropa.

3.ª Planchado de ropa en el domicilio y/o fuera del mismo.

4.ª Compra de ropa, con cargo a la persona usuaria.

c) Relacionadas con el mantenimiento de la vivienda:

1.ª Limpieza cotidiana y general de la vivienda, salvo casos específicos de necesidad en los que dicha tarea será determinada por el personal técnico responsable del servicio.

2.ª Pequeñas reparaciones domésticas. En éstas quedarán englobadas aquellas tareas que la persona realizaría por sí misma en condiciones normales y que no son objeto de otras profesiones.

Actuaciones de carácter personal:

Son aquellas actividades y tareas que fundamentalmente recaen sobre las personas usuarias dirigidas a promover y mantener su autonomía personal, a fomentar hábitos adecuados de conducta y a adquirir habilidades básicas, tanto para el desenvolvimiento personal como de la unidad de convivencia, en el domicilio y en su relación con la comunidad.

Estas actuaciones se podrán concretar, entre otras, en las siguientes actividades:

a) Relacionadas con la higiene personal:

1.ª Planificación y educación en hábitos de higiene.

2.ª Aseo e higiene personal.

3.ª Ayuda en el vestir.

b) Relacionadas con la alimentación:

1.ª Ayuda o dar de comer y beber.

2.ª Control de la alimentación y educación sobre hábitos alimenticios.

c) Relacionadas con la movilidad:

1.ª Ayuda para levantarse y/o acostarse.

2.ª Ayuda para realizar cambios posturales.

3.ª Apoyo para la movilidad dentro del hogar.

d) Relacionadas con cuidados especiales:

1.ª Apoyo en situacio

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