Boletín nº 70 (12-04-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 1.124/2018

El Pleno Municipal de 22 de marzo de 2018, acordó la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones deportivas (polideportivo municipal). En cumplimiento del acuerdo plenario se procede a publicar el texto íntegro de la referida Ordenanza, una vez modificada.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR

PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL

E INSTALACIONES DEPORTIVAS

(POLIDEPORTIVO MUNICIPAL)

Artículo 1º. Fundamento y naturaleza

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 a 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley teguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones deportivas (polideportivo municipal), que se regirá por la presente Ordenanza.

Artículo 2º. Obligados al pago

Están obligados al pago del precio público en esta Ordenanza, quienes se beneficien de los servicios de piscina e instalaciones municipales análogas, prestados o realizados por este Ayuntamiento.

Artículo 3º. Cuantía de la prestación

La Cuantía de la prestación regulada en esta Ordenanza será la fijada en la tarifa contenida en el apartado siguiente.

Las tarifas serán las siguientes:

1. PISCINA MUNICIPAL

a) Entradas:

- Por cada entrada de menores de 14 años en día laboral: 1,50 €.

- Por cada entrada de menores de 14 años en día festivo: 2,00 €.

- Mayores de 14 años hasta 30 (ambos inclusive) con Carné Joven, día laboral: 2,00 €.

- Mayores de 14 años hasta 30 (ambos inclusive) con Carné Joven, día festivo: 2,50 €.

- Mayores de 65 años día laboral: 1,50 €.

- Mayores de 65 años día festivo: 2,00 €.

- Niños beneficiarios del comedor social: Gratis.

- Por cada entrada de adultos, en día laboral: 3,00 €.

- Por cada entrada de adultos en día festivo: 4,00 €.

- Por cada entrada de adultos familia numerosa, en día laboral: 2,00 €.

- Por cada entrada de adultos familia numerosa día festivo: 2,50 €.

Abonos:

- Por un abono de 20 baños de adultos (incluidos festivos): 40,00 €.

- Por un abono de 20 baños de niños (incluidos festivos): 20,00 €.

- Por un bono de 20 baños de 14 a 30 años (ambos inclusive): 30,00 €.

- Abonos de 20 baños conjunto de familia numerosa (5 miembros, dos adultos y 3 niños): 120 € (+15 €. por miembro adicional).

Uso de Hamacas: 1,50 €. día cada una.

b) Cursos de natación:

- De 4 a 5 años (Por dos semanas, de lunes a viernes, 1 hora diaria): 13,00 €.

- A partir de 6 años (Por dos semanas, de lunes a viernes, 1 hora diaria): 13,00 €.

c) Gimnasia de mantenimiento en el agua:

- Adultos (al mes, lunes, martes y jueves, 1 hora diaria): 19,00 €.

- Escuelas de natación (al mes lunes/ miércoles y viernes, 1 hora diaria) (todas las edades): 19,00 €.

- Aquaerobic (al mes, miércoles y viernes, 1 hora diaria): 14,00 €.

2. TARIFAS POR LA UTILIZACIÓN DE PISTAS

- Pista de balonmano, por hora: 6,00 €.

- Pista de baloncesto, por hora: 6,00 €.

- Pista de fútbol sala, por hora: 6,00 €.

- Pista de voleibol, por hora: 6,00 €.

- Abono pistas Deportivas Aire Libre 10 horas: 45,00 €.

3. CAMPO DE FÚTBOL

- Alquiler 1 hora: 25,00 €.

- Por partido: 40,00 €.

- Alquiler 1 hora Fútbol 7: 15,00 €.

- Por partido Fútbol 7: 22,00 €.

- Abono Campo de Fútbol 10 horas Fútbol 11: 180,00 €.

- Abono Partidos Fútbol 11: 300,00 €.

- Abono 10 Horas Fútbol 7: 110,00 €.

- Abono Partidos Fútbol 7: 165,00 €.

4. PABELLÓN CUBIERTO

- Pista de Tenis: alquiler 1 hora: 5,00 €.

- Pista de Bádminton: alquiler 1 hora: 4,00 €.

- Pista de Balonmano: alquiler 1 hora: 12,00 €.

- Pista de Baloncesto: alquiler 1 hora: 12,00 €.

- Pista de Voley: alquiler 1 hora: 12,00 €.

- Pista de Fútbol Sala: alquiler 1 hora: 12,00 €.

- Abono Pabellón Cubierto 10 Horas (Balonmano, Baloncesto, Fútbol Sala: 90,00 €.

- Abono 10 horas Pabellón cubierto (Tenis): 40,00 €.

- Abono 10 horas Pabellón cubierto (Bádminton): 30,00 €.

- Pista transversal: 6,00 €.

- Una hora de sauna: 3,00 €.

- Grupo de 6 en sauna: 10,00 €.

5. PISTA DE TENIS

- Pista de tenis por hora: 3,00 €.

- Abono 10 Horas Pista tenis: 22,50 €.

6. PISTA DE PÁDEL

- Pista de padel por hora: 6,00 €.

- Abono 10 horas Pista de Pádel: 45,00 €.

COMPETICIONES LOCALES

- Fútbol y Fútbol Sala por participante: 10,00 €.

- Resto de deportes: 5,00 €.

- Carrera Popular por participante: 3,00 €.

Actividades Puntuales:

- Gimnasia de Mantenimiento (mensual): 11,00 €.

- Aeróbic-step (mensual): 14,00 €.

- Yoga Taichi (mensual): 17,00 €.

- Pilates (mensual): 11,00 €.

- Baile de salón (mensual): 20,00 €.

- Spinning (mensual): 20,00 €.

- Funcional training (mensual): 20,00 €.

- Escuela de Tenis (mensual): 20,00 €.

- Escuela de Ballet/Gimnasia Rítmica (mensual): 20,00 €.

- Escuela de Bádminton (mensual): 10,00 €.

- Escuela de Baloncesto (mensual): 10,00 €.

- Escuela de Tenis de mesa (mensual): 10,00 €.

- Multideporte (mensual): 10,00 €.

- Cualquier otra clase deportiva de carácter colectivo (mensual): 15,00 €.

Estos precios no tendrán aplicación en los siguientes casos:

* Para clubes deportivos federados.

* Para los juegos deportivos municipales escolares.

* Para las competiciones locales.

* Para los monitores y colaboradores de los programas deportivos.

EVENTOS

Uso instalaciones deportivas de manera lucrativas por empresas o entidades + el 300% del precio público.

Artículo 4º. Nacimiento de la obligación

1. La obligación de pago del precio público regulado en esta Ordenanza, nace desde que se preste o realice el servicio.

2. El pago del precio público se efectuará en el momento de entrar al recinto de la piscina municipal.

Artículo 5º. Exenciones y bonificaciones

a) Los/as niños/as de hasta 4 años de edad están exentos del pago del importe del precio público por la Entrada a la Piscina Municipal.

b) Sobre el importe del precio público establecido en el artículo 3 (salvo para el 3.1 de piscina que tiene su propia tarifa), se establece una reducción del 50% para los que presenten el carné de Pensionista o tarjeta de mayores de 65 años de la Junta de Andalucía.

c) Sobre el importe del precio público establecido en el artículo 3 (salvo para el 3.1 de piscina que tiene su propia tarifa), se establece una reducción del 50% por la presentación del carné joven.

d) Personas que acrediten una discapacidad reconocida a partir del 33% (mediante certificado de Minusvalía) y un acompañante en caso de necesidad porque el discapacitado esté en silla de ruedas, sea menor o tenga discapacidad psíquica están exentos del pago del importe del precio público por la Entrada a la Piscina Municipal (en pase de lunes a viernes en horario de apertura).

e) Las personas con rehabilitación en agua de cualquier tipo de enfermedad reconocida por médico, las personas enfermas de fibromialgia y las personas con patologías osteomusculares (circunstancias

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