Boletín nº 72 (16-04-2018)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.260/2018

Extracto del acuerdo de fecha 3 de abril de 2018 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la protección y conservación de bienes inmuebles del patrimonio histórico-artístico a desarrollar por los Ayuntamientos de la provincia de Córdoba, durante el año 2018.

BDNS (Identif.): 393566

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Ayuntamientos de la provincia de Córdoba con una población inferior a 50.000 habitantes al objeto de cooperar y prestar la ayuda técnica y económica a los municipios de menor capacidad económica y de gestión, de conformidad con el artículo 36.1) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. La concesión de las subvenciones se realizará por concurrencia competitiva.

Segundo. Finalidad

La conservación, restauración y rehabilitación de bienes inmuebles, que tengan interés arquitectónico, arqueológico, industrial, histórico y/o artístico, dentro del ámbito territorial de la provincia de Córdoba. Los bienes han de ser inexcusablemente de propiedad municipal o bien en cesión de uso por un periodo superior a los cincuenta años. La actuación deberá haber sido realizada, o estar en fase de realización y finalizarse a lo largo del año 2018.

Solo se podrá presentar una petición por Entidad Local, para una única intervención por año.

Tercero. Bases reguladoras

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la protección y conservación de bienes inmuebles del patrimonio histórico-artístico a desarrollar por los Ayuntamientos de la provincia de Córdoba, durante el año 2018 y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos) y en la página de la Delegación de Cultura http://www.dipucordoba.es/cultura.

Cuarto. Cuantía

El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 850.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos

La solicitud deberá ir acompañada de:

a) Memoria que deberá incluir. Identificación y descripción del bien con indicación de su valoración desde el punto de vista del interés histórico-artístico. Descripción de las patologías y de los daños existentes. Valoración del riesgo existente para la conservación del bien inmueble. Descripción de la solución propuesta. Justificación de grado de adecuación de las obras propuestas a la eliminación de los riesgos y a la subsanación de los daños. Justificación del grado de cumplimiento del objetivo de finalizar con la intervención las actuaciones de protección sobre el bien inmueble. En esta memoria deberá establecerse la calendarización del proyecto, con indicación del tiempo que se va a emplear en la realización de la actuación que se subvenciona.

b) Planimetría. Plano de situación del inmueble. En caso de disponer se acompañara de planimetría esquemática del estado actual y de la propuesta de intervención.

c) Anexo fotográfico. Deberá incluir un número suficiente de fotografías en color que permitan apreciar el interés histórico-artístico de la edificación, los daños descritos en la memoria y el señalamiento de las intervenciones propuestas.

d) Presupuesto descriptivo y desglosado de la intervención para la que se solicita subvención.

e) Certificado del Secretario General acreditativo del propietario del bien sobre el que se pretende intervenir e indicando número de su registro en el inventario general de la Entidad Local. En caso de inmueble cedido, fotocopia compulsada del documento de la cesión.

f) Certificado del Interventor/a especificando que la intervención que se incluye en el proyecto presentado cuenta con dotación económica para cubrir la aportación municipal, especificándose la cuantía y aplicación presupuestaria.

g) Documento-memoria, que especifique, de manera rigurosa, el número de empleos, tanto directos como indirectos, que se prevé puedan crearse con el desarrollo del proyecto presentado.

Córdoba, a 11 de abril de 2018. Firmado electrónicamente: La Vicepresienta 3ª y Diputada Delegada de Cultura, Mª Isabel Ruz García.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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