Boletín nº 80 (26-04-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Bujalance

Nº. 1.304/2018

No habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2018, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 49 (pág. 997), de fecha 12 de marzo de 2018, relativo a la aprobación inicial de la modificación del Reglamento correspondiente a las Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones destinadas a la Creación de Nuevas Empresas o Negocios del Municipio de Bujalance y Morente, y de conformidad con la legislación vigente, se entiende definitivamente aprobada, insertándose a continuación el texto íntegro de dicha modificación:

a) Se modifica el artículo 5 del citado Reglamento, de tal forma dicho artículo quedaría redactado en los siguientes términos:

Artículo 5. Cuantía y plazo de ejecución de acciones subvencionadas. La cuantía económica objeto de subvención podrá ascender a un máximo de 1500 € anuales. A esta cantidad podrá añadirse una cantidad variable por importe de 25 € por cada trabajador/a, contratado en régimen laboral por un periodo mínimo de 6 meses.

b) Se modifica el artículo 5 bis, suprimiendo el texto final siguiente: teniendo en cuenta que el importe final recibido no podrá superar los 1.500,00 euros. De tal forma dicho artículo quedaría redactado en los siguientes términos:

Artículo 5 bis. A 31 de diciembre de cada año el remanente en caja de la partida de Subvenciones para la Creación de Nuevas Empresas, se repartirá proporcionalmente entre las empresas que hayan cumplido los requisitos en ese año. El reparto del remanente se hará en función a la inversión realizada por el/la solicitante.

En Bujalance a 16 de abril de 2018. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Elena Alba Castro.

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