Boletín nº 83 (02-05-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 1.385/2018

Vista la solicitud presentada por don Gabriel Jesús Espejo Campos de 16 de junio de 2016 (R.E. nº 4516) y 27 de septiembre 2017 (R.E. nº 6847) por la que se pretende la instalación de una Galería Gastronómica y comercial en el Mercado de Abastos Municipal

Visto que junto con la solicitud, el citado presenta Memoria para la instalación de una Galería Gastronómica y Comercial en el antiguo Mercado de Abastos Municipal.

Visto que dicha instalación supone un uso privativo anormal de un bien de dominio público lo cual requiere concesión administrativa en virtud del artículo 30.3 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que tiene naturaleza de contrato Administrativo Especial en atención a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 9/2017, 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.

Visto que la Ley prescribe que el órgano competente al que corresponda la resolución definitiva del expediente examinará la solicitud y teniendo presente el interés público, la admitirá a trámite o la rechazará (artículo 61.2 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía).

Visto que dicha explotación gastronómica y comercial se traduce en la creación de empleos directos (hostelería y comercio) e indirectos (obras de adaptación del espacio).

Vista la conveniencia de aprovechar un espacio cerrado sin actividad y de poner en valor un bien de dominio público como es el Mercado de Abastos de La Rambla.

Visto el Informe de los Servicios Técnicos de fecha 18 de enero 2018 y el Informe de Intervención de fecha 30 de enero 2018 en virtud de los cuales se determina como órgano competente para el presente contrato al Sr. Alcalde-Presidente de esta Corporación que por Decreto de Alcaldía Nº 1408/2015, de fecha 17 de junio de 2015 delega dicha competencia en la Junta de Gobierno Local.

Visto que el Ayuntamiento en Pleno en fecha 31 de enero 2018 declaró la compatibilidad del uso anormal del presente bien de dominio público.

Visto que desde el Servicio Técnico Municipal se ha incorporado al presente expediente Gex 250/2018 el proyecto que servirá de base para la concesión administrativa del uso privativo anormal del mercado de abastos municipal.

Visto el Informe de Secretaría de fecha 15 de febrero 2018 en el que se determina la legislación aplicable y el procedimiento a seguir, la Junta de Gobierno Local adoptó los siguientes acuerdos:

Primero: Iniciar el procedimiento de adjudicación de la concesión administrativa de uso privativo anormal del bien de dominio público Mercado de Abastos Municipal, por procedimiento abierto, justificando dicho inicio en:

- La generación de empleos directos e indirectos que la explotación gastronómica y comercial del Mercado de Abastos Municipal puede generar.

- El aprovechamiento y puesta en valor del Mercado de Abastos Municipal que actualmente es un espacio cerrado y sin apenas actividad.

Segundo: Ordenar la redacción del correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el Contrato y el proceso de adjudicación.

Tercero: Someter a información pública el Proyecto Técnico que sirve de base a la concesión administrativa, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de éste Ayuntamiento por plazo de 20 días.

Cuarto: Ordenar que, una vez concluido el período de información pública, se remitan las alegaciones presentadas al Servicio Técnico Municipal para su informe.

Lo que se hace público para general conocimiento, en la ciudad de La Rambla, a la fecha indicada en el pie de firma del presente documento.

La Rambla, a 23 de abril de 2018. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Alfonso Osuna Cobos.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad