Boletín nº 88 (09-05-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Palma del Río
Nº. 1.523/2018
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de aprobación inicial de modificación de las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas y mejoras de la accesibilidad a los establecimientos comerciales ubicados en Palma del Río, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Y MEJORAS DE LA ACCESIBILIDAD A LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES UBICADOS EN PALMA DEL RIO.
Uno. Se elimina el contenido íntegro del artículo 4.- Beneficiarios de la subvención. Requisitos, dándole de nuevo la siguiente redacción:
1. Podrán solicitar la subvención las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, que desarrollen una actividad empresarial en el término municipal de Palma del Río y reúnan los siguientes requisitos:
-Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatal y frente a la Seguridad Social.
-Estar al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Palma del Río.
-No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-Tener su domicilio social y fiscal en el término municipal de Palma del Río.
-Encontrarse dado de alta en el censo de Actividades Económicas de la AEAT en la actividad que le corresponda y ejerza la misma en un establecimiento abierto al público.
Dos. Se modifica el punto 4 del articulo 7. Presentación de solicitud. Documentación, que queda redactado de la siguiente forma:
4. Las solicitudes que deberán formalizarse conforme al modelo aprobado en la correspondiente convocatoria, e irán acompañada de los originales o fotocopias debidamente compulsadas de los siguientes documentos:
-DNI si es persona física y en el supuesto de personas jurídicas CIF de la empresa y escrituras de constitución, estatutos y sus modificaciones, inscritas en el correspondiente registro.
-Acreditación de la representación del firmante de la solicitud, cuando actúe como representante legal y DNI del mismo.
-Memoria explicativa de la actuación para la que se solicita la subvención.
-Presupuesto detallado de la actuación o factura del gasto correspondiente en el supuesto de que ya se haya llevado a cabo la actuación, en la que deberá hacerse referencia expresa, o estar dirigidas, al local para el cual se solicita la ayuda.
-Documento justificativo del pago de la liquidación provisional de la Licencia de Obras, en el caso de que ya se haya llevado a cabo la actuación.
-Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En el caso de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica presentarán dicha declaración cada uno de los miembros.
-En relación a la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias con la AEAT y obligaciones con la Seguridad Social y Ayuntamiento de Palma del Río, de conformidad con el artículo 22.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud para la obtención de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa dicha acreditación a través de certificados electrónicos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dicha certificación.
-En el caso de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, sin personalidad jurídica deberán indicar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, y deberá nombrarse un representante de la agrupación.
-Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT emitido en el plazo establecido para la presentación de la solicitud de subvención.
-Y cualquier otro documento que se establezca en la correspondiente convocatoria.
Palma del Río, a 3 de mayo de 2018. Firmado electrónicamente por la Concejala por Delegación de Firma del Sr. Alcalde-Presidente, Auria María Expósito Venegas.