Boletín nº 90 (11-05-2018)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Córdoba
Nº. 1.377/2018
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 879/2017. Negociado: PM
De: Don Samuel Doblas Hernández
Abogado: Don José Gómez Fernández
Contra: Fondo de Garantía Salarial y Sabino Domingo Risueño González
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 879/2017, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de don Samuel Doblas Hernández contra Fondo de Garantía Salarial y don Sabino Domingo Risueño González, en la que con fecha 06/04/18 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
Fallo
Que, estimando la demanda de Samuel Doblas Hernández contra Sabino Domingo Risueño González y el Fondo de Garantía Salarial. al pago de la cantidad de 5.255,83 €, más el 10% € en concepto de intereses por mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el Recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indispensable, si el recurrente es el empresario, que exhiba al tiempo de anunciarlo, el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta del Banco Santander nº 1445-000-65 seguido de número de procedimiento y año, el importe de la condena y el depósito de 300 €.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Sabino Domingo Risueño González, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Córdoba, a 16 de abril de 2018. Firmado electrónicamente por la Secretaria Judicial, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.