Boletín nº 90 (11-05-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba

Nº. 1.454/2018

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de abril de 2018, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 1473/2018 financiados con cargo al remanente líquido de Tesorería, con el siguiente resumen por capítulos:

Alta en aplicaciones de Gastos

Aplicación

Presupuestaria

Descripción

Euros

2018

0.414.632.07

Reforma edificio Matadero Comarcal

Polígono Cárnico UI-1

1.450.000,00

TOTAL

1.450.000,00

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Alta en concepto de Ingresos

Aplicación

Presupuestaria

Descripción

Euros

2018

0.870.00

Remanente líquido de tesorería para

gastos generales

1.450.000,00

TOTAL

1.450.000,00

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://villanuevadecordoba.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Villanueva de Córdoba, a 2 de mayo de 2018. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Dolores Sánchez Moreno.

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