Boletín nº 91 (14-05-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Pozoblanco

Nº. 1.471/2018

El Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, en sesión ordinaria de Pleno celebrada en fecha 26 de febrero de 2018, aprobó inicialmente las modificaciones habilitadas para la Ordenanza Municipal de Instalación y Uso de Terrazas y Veladores, de esta Ciudad.

Sometido el expediente a información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días, no han sido presentadas reclamaciones y/o sugerencias.

El señor Secretario de la Corporación certifica, con fecha 24 de abril del actual, la elevación a definitiva de la aprobación inicial.

Procede su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

MODIFICACIÓN PARCIAL ORDENANZA MUNICIPAL DE INSTALACIÓN Y USO DE TERRAZAS Y VELADORES.

1°. Modificar los plazos relativos a temporalidad pudiendo, los propietarios de establecimientos de hostelería y otros a los que legalmente se les pueda autorizar la concesión de ocupación de vía pública con terrazas y cubriciones provisionales, a solicitar y montar su terraza en espacio de dominio público en periodos de años completos desde el 01/01 hasta el 31/12, y/o meses a su elección dependiendo de la necesidad de poner terraza, no siendo nunca estos plazos inferiores a un mes. La tasa que se cobrará será la que legalmente este vigente en el momento de la concesión y por el tiempo y plazos que realmente ocupara.

2°. Para poder conceder una licencia de ocupación viaria sujeta a la O.M.T.V, se deberá estar al corriente de pago de los ejercicios anteriores, y no tener deuda contraída en esta administración por el mismo concepto.

3°. En el artículo 22, se establece:

1. El titular de la autorización, deberá señalizar a su cargo, con una línea blanca, los ángulos del perímetro (con anchura de 5 cm y longitud de 40 cm) dentro del que debe quedar instalada la terraza. Estará obligado a conservar la señalización, así como renovar la pintura cuando sea necesario, y en todo caso, cuando la administración le requiera. Las autorizaciones de temporada de verano se marcaran los ángulos del perímetro con una línea blanca discontinua de 5 cm. de anchura y 40 cm de longitud, Las autorizaciones anuales, se marcaran los ángulos del perímetro con una línea amarilla de 5 cm de anchura y 40 cm de longitud.

2. El sistema de delimitación tiene un carácter obligatorio, y nunca podrá suponer riesgo para los peatones, ni daño o alteración en la vía pública, constituyendo la ausencia de dicho requisito una falta grave. Una vez practicada la delimitación, tal actuación será notificada a la Administración, siendo objeto de comprobación en la visita de inspección a la que se hace referencia en el artículo 17.

Entendiendo desde esta concejalía que debería decir:

1. El ayuntamiento, señalizará de forma conveniente la superficie autorizada. Estando el titular de la autorización obligado a conservar dicha señalización, así como renovar la pintura cuando sea necesario, y en todo caso, cuando la administración le requiera. Las autorizaciones estarán expuestas en lugar visible, para lo cual el ayuntamiento facilitará un cartel donde se especifican los datos, temporalidad, espacio y carácter de la concesión.

2. El sistema de delimitación tiene carácter obligatorio, y nunca podrá suponer riesgo para los peatones, ni daño o alteración en la vía pública, constituyendo la ausencia de dicho requisito una falta grave. Una vez practicada la delimitación, la misma se pondrá en conocimiento del titular, siendo objeto de comprobación en la visita de inspección a la que se hace referencia en el artículo 17.

4°. En el caso de que el resultado de la aprobación de estos puntos suponga una modificación en la Ordenanza fiscal municipal, el departamento que corresponda, tramitará lo oportuno para que dichas modificaciones y sus consecuencias legales, se elaboren para su posterior aprobación por el órgano correspondiente siguiendo los trámites legales y oportunos.

5°. Modificar si procede el artículo 19. Vigencia.

1) Las licencias tendrán un período máximo de vigencia de un año, contado éste como natural desde enero a diciembre, podrán solicitarse bajo las siguientes modalidades:

a) Durante todo el año natural de enero a diciembre.

b) De temporada, comprensiva de los meses abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre.

c) Por meses sueltos, dentro de la temporada.

d) Por meses sueltos, fuera de temporada, comprendiendo esta modalidad, los meses de enero, febrero, marzo, octubre, noviembre y/o diciembre.

2). Siempre que no haya solapamiento de fechas, los interesados podrán acogerse a más de una modalidad de las previstas en el apartado anterior.

3). También se podrá solicitar, por periodos inferiores a un mes, para ferias, verbenas y eventos de especial interés, para la duración del evento.

Igualmente se incluyó el siguiente añadido a la Propuesta.

AÑADIDO A LA PROPUESTA DE LA CONCEJALIA DE COMERCIO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE INSTALACIÓN Y USO DE TERRAZAS Y VELADORES.

No habiendo concretado la propuesta inicial de la Concejalía de Comercio el encaje del precepto, que traslada lo dispuesto en el artículo 5.9 de la Ordenanza Fiscal, sobre prohibición de otorgamiento de licencias para ocupación de vía pública, con terrazas y veladores, sin estar al corriente del pago de liquidaciones anteriores, previa propuesta de esta Secretaria, la concejalía ha dado el visto bueno, a lo siguiente:

Añadir un párrafo final al artículo 20, que regula la renovación de licencias, del siguiente tenor literal:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.9 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública, para la renovación de la licencia de ocupación de la vía pública con terrazas y veladores será requisito indispensable estar al corriente de pago de liquidaciones de ejercicios anteriores. Será asimismo exigible este requisito, cuando haya habido interrupción en la instalación y se vuelva a solicitar nueva licencia, salvo que la deuda tributaria esté prescrita.

Pozoblanco, 24 de abril de 2018. El Alcalde, firma ilegible.

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