Boletín nº 98 (23-05-2018)
VIII. Otras Entidades
Fundación
Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí
Córdoba
Nº. 1.726/2018
Extracto de la resolución de la Presidencia de 18 de mayo de 2018, por el que se aprueba la Convocatoria para la ejecución del programa "Periféricos. Arte contemporáneo en la provincia de Córdoba", de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí a desarrollar por Ayuntamientos de la provincia de Córdoba durante el año 2018.
BDNS (Identif.): 399809
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primera. Objeto de la convocatoria
Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria los Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomos de la provincia de Córdoba, cuya población no supere los 50.000 habitantes.
Para que un proyecto pueda formar parte del Programa Periféricos. Arte contemporáneo en la provincia de Córdoba, el proyecto propuesto deberá presentar las siguientes características:
1ª. Tratarse de una actividad relevante y prioritaria para el Ayuntamiento correspondiente, con voluntad de trascender el interés puramente local y contribuya al posicionamiento de la Entidad Local en el panorama creativo actual, a nivel autonómico, nacional e internacional.
2ª. La actividad deberá poseer una antigüedad de al menos tres ediciones y haber contado, al menos, en las dos últimas ediciones con la colaboración económica de la Diputación de Córdoba y/o de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.
3ª. La totalidad de las actividades, incluidas en el proyecto, deberá desarrollarse en espacios de propiedad pública.
4ª. Contar con financiación de otras Instituciones y/o Entidades públicas y/o privadas.
5ª. Un mismo Ayuntamiento sólo puede tener reconocido un proyecto en el programa Periféricos, de no tener la actividad una periodicidad anual, la subvención sólo se percibirá en el ejercicio que se desarrolle.
6ª. Aquellos proyectos frutos de una convocatoria, deberán al menos tener carácter nacional.
Segunda. Finalidad
Es objeto de la presente convocatoria apoyar técnica y económicamente a los Ayuntamientos que desarrollen proyectos relativos a las Artes Plásticas incluidos en el Programa Periféricos. Arte contemporáneo en la provincia de Córdoba de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.
Para ello se promueve la colaboración con los Ayuntamientos que junto a artistas plásticos y/o visuales divulguen las manifestaciones creativas de nuestro tiempo, coordinando las acciones colectivas en funcionamiento y logística. Se pretende de este modo acercar la cultura contemporánea al mundo rural, desde una idea de accesibilidad y proximidad, dando respuesta al singular fenómeno de la gestión de cultura actual en las periferias geográficas, en el que la provincia de Córdoba tiene un papel destacado.
Tercera. Bases reguladoras
Bases Reguladoras para la ejecución del programa "Periféricos. Arte contemporáneo en la provincia de Córdoba", de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí a desarrollar por Ayuntamientos de la provincia de Córdoba durante el año 2018 y publicadas en la sede electrónica de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí (Tablón de Edictos).
Cuarta. Cuantía
El presupuesto disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria asciende a la cantidad de 60.000,00 €
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de estas Bases en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.
Sexta. Otros datos
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación: a) Proyecto descriptivo de la actuación y/o actividad para la que se solicita subvención. Solo podrá presentarse una sola petición por Entidad Local, para un solo proyecto a desarrollar en 2018; b) Presupuesto desglosado de ingresos y gastos de la actuación y/o actividad para la que solicita la subvención; c) Certificado del Secretario-Interventor especificando que la actuación y/o actividad que se incluyen en el proyecto presentado cuenta con dotación económica para cubrir la aportación municipal especificándose la cuantía y aplicación presupuestaria.
Cordoba a 21 de mayo de 2018. Firmado electrónicamente: La Presidenta, Marisa Ruz García.