Boletín nº 99 (24-05-2018)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.740/2018

ANUNCIO DEL INSTRUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE LA

DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN Y SU RESOLUCIÓN PARA

CANALIZAR, POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL, EL

PROCESO DE COMUNICACIÓN, PROMOCIÓN Y

PUBLICIDAD DEL PATRONATO PROVINCIAL DE

TURISMO DE CÓRDOBA

El Consejo Rector del Patronato Provincial de Turismo, en su sesión ordinaria del día 20 de abril así como el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en su sesión ordinaria celebrada el día 18 de mayo en curso, cuya acta está aún en borrador, prestó aprobación al instrumento de formalización para canalizar la gestión por la Diputación Provincial de procesos de comunicación, promoción y publicidad del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba (PPTC) y cuyo acuerdo tiene el siguiente texto:

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento del Servicio Jurídico de la Diputación Provincial, ésta podrá prestar asistencia no solamente a los municipios, sino también a su propia administración institucional. En muchos casos, razones de eficacia y carencia de medios personales y técnicos suficientes, hacen aconsejable atribuir a la Institución Provincial el desarrollo de determinadas actuaciones en razón a su complejidad técnico-jurídica.

Segundo. Los contratos de difusión de publicidad institucional son contratos de servicios en la nomenclatura de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La legislación de contratos tiene entre objetivos básicos la garantía de la no discriminación en la contratación y la eficiencia económica en el destino de los recursos públicos. En este sentido se considera necesario utilizar los medios personales y técnicos de la Oficina de Comunicación e Imagen de la Diputación Provincial de Córdoba para el adecuado desarrollo de la programación previa respecto de los contenidos de cada campaña del PPTC como de los instrumentos precisos para la mejor efectividad de los contratos, destacando especialmente la obligatoria planificación y definición, así como los pasos previos a la licitación, cuya aplicación repercutirá de manera efectiva en la resolución de los problemas y el éxito de la acción a desarrollar.

Todo este complejo proceso conlleva una serie de actividades materiales y de gestión, además de otro tipo de actos o resoluciones de carácter jurídico que darán soporte a la concreta actividad material.

Tercero. Por lo anterior, se considera necesaria la regulación del instrumento de formalización de la presente transferencia de funciones, en el que quedarán fijadas las concretas condiciones en las que se va a desarrollar la gestión material que la Diputación Provincial de Córdoba brinda al referido Organismo Autónomo; el citado instrumento deberá ser aprobado por ambas entidades y publicado en BOP una vez se proceda a su firma.

Cuarto. La aprobación corresponde al Pleno de la Corporación Provincial, con la mayoría absoluta del número legal de miembros, en función de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como, en el caso del Organismo Autónomo, al Consejo Rector.

A la vista de lo que antecede, se propone la adopción del siguiente acuerdo:

Único: Aprobar el instrumento de formalización de las funciones a desempeñar por la Diputación Provincial de procesos de comunicación, promoción y publicidad del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba.

De acuerdo con lo que antecede y conforme dictamina la Comisión Informativa de Hacienda, Gobierno Interior y Desarrollo Económico, el Pleno, en votación ordinaria y con el voto afirmativo y unánime de los/as 26 Sres/as Diputados/as asistentes que constituyen número superior al de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerda:

Primero: Aceptar la Encomienda de Gestión efectuada por el Patronato Provincial de Turismo de Córdoba a esta Diputación Provincial para la elaboración de los procesos de comunicación, promoción y publicidad de referido Organismo Autónomo.

Segundo: Aprobar el texto del Instrumento de Formalización de las funciones a desempeñar por la Diputación Provincial de procesos de comunicación, promoción y publicidad del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba el cual se transcribe a continuación como Anexo.

Tercero: Facultar al Sr. Presidente para la firma del Instrumento, así como para la firma de cuantos documentos sean necesarios para el desarrollo del mismo, debiéndose publicar dicho instrumento así como su resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO

INSTRUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE LAS FUNCIONES A REALIZAR POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA EN PROCESOS DE COMUNICACIÓN, PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA

En Córdoba a, & de &.&& de 2018

Mediante el presente se procede a la formalización del instrumento regulador de las funciones a realizar por la Oficina de Comunicación e Imagen de la Diputación Provincial de Córdoba en procesos de comunicación, promoción y publicidad del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento del Servicio Jurídico de la Diputación Provincial, ésta podrá prestar asistencia no solamente a los municipios, sino también a su propia administración institucional. En muchos casos, razones de eficacia y carencia de medios personales y técnicos suficientes, hacen aconsejable atribuir a la Institución Provincial el desarrollo de determinadas actuaciones en razón a su complejidad técnico-jurídica.

Los contratos de difusión de publicidad institucional son contratos de servicios en la nomenclatura de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La legislación de contratos tiene entre objetivos básicos la garantía de la no discriminación en la contratación y la eficiencia económica en el destino de los recursos públicos.

En este sentido se considera necesario utilizar los medios personales y técnicos de la Oficina de Comunicación e Imagen de la Diputación Provincial de Córdoba para el adecuado desarrollo de la programación previa respecto de los contenidos de cada campaña como de los instrumentos precisos para la mejor efectividad de los contratos, destacando especialmente la obligatoria planificación y definición y los pasos previos a la licitación, cuya aplicación repercutirá de manera efectiva en la resolución de los problemas y el éxito de la acción a desarrollar.

Las funciones a desempeñar por la Oficina de Comunicación e Imagen de la Institución Provincial serán las siguientes:

a) La estrategia y planificación de la compra de espacios en medios de comunicación y demás soportes publicitarios para las campañas de publicidad institucional promovidas por el PPTC.

b) Adaptación de la creatividad.

c) La contratación de los espacios publicitarios.

d) Acciones que potencien los objetivos de las campañas de publicidad.

e) Asesoramiento técnico.

f) El seguimiento y control de las campañas de publicidad institucional y de todo tipo de acciones publicitarias antes mencionadas.

g) La realización de una memoria detallada a la finalización de la campaña.

h) La puesta a disposición de los informes técnicos de herramientas de análisis, planificación, seguimiento y resultados de campañas, así como de los recursos humanos precisos para la correcta ejecución de las prestaciones objeto de cada contrato.

En prueba de conformidad y para que surta los efectos oportunos, se suscribe el presente en Córdoba a &. de && de 2018.

POR EL PATRONATO PROVINCIAL DE

TURISMO DE CÓRDOBA

POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN

PROVINCIAL DE CÓRDOBA

Dª. Carmen Mª. Gómez Navajas

Ilmo. Sr. D. Antonio Ruiz Cruz

Vicepresidenta PPTC

Presidente

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