Boletín nº 105 (04-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba

Nº. 1.747/2018

Por Resolución de Alcaldía nº 2018/00000506 de 4 de mayo de 2018, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una (1) plaza de Policía Local para este Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, mediante sistema de oposición libre, con el siguiente tenor literal:

«Vista la Resolución de Alcaldía nº 731 de fecha 18 de octubre de 2017 (BOP nº 205, de 30 de octubre de 2017) por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de 2017 (en adelante, OEP 2017), por la que se precisa convocar, entre otras, una (1) plaza de personal funcionario del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, perteneciente a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, categoría de Policía Local para su provisión en propiedad, y cuyas características son:

Grupo: C

Subgrupo: 1

Escala: Administración Especial

Subescala: Servicios Especiales

Clase: Policía Local

Número de vacantes: 1

Examinada la propuesta de Bases Generales de la convocatoria en relación con la selección de personal propuesta incluidas en el expediente referenciado en el encabezamiento y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

Primero. Aprobar las Bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de la plaza vacante (1) de personal funcionario del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, perteneciente a la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, categoría de Policía Local para su provisión en propiedad, que se incluyen anexas a la presente.

Segundo. Convocar las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de las plazas anteriormente referenciadas, mediante el sistema de oposición libre.

Tercero. Publicar la convocatoria, juntamente con el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba.

Cuarto. Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, MEDIANTE ACCESO POR TURNO LIBRE Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN POR OPOSICIÓN DE UNA PLAZA DE POLICIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DE CÓRDOBA (OEP 2017).

1. Objeto de la Convocatoria

1.1. Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso por turno libre y procedimiento de selección por oposición de una plaza vacante en la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Villafranca de Córdoba, de conformidad con la Resolución de Alcaldía nº 731 de fecha 18 de octubre de 2017 (BOP nº 205, de 30 de octubre de 2017) por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de 2017 (en adelante, OEP 2017).

1.2. La plaza citada está adscrita a la Escala Básica, conforme determina el artículo 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, y se encuadra, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo C, Subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes y resultante de la OEP 2017.

2. Legislación Aplicable

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en:

-La Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales.

-El Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.

-El Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local.

-Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local.

-Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local.

Y, en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación:

-Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

-El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

-Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

-Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.

-Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

-Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

3. Requisitos de los Aspirantes

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.

f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.

h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

Todos los requisitos a que se refiere la Base 3, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo y deberán acreditarse documentalmente antes de iniciar el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de examen médico.

Se deberá acreditar documentalmente en el momento de presentación de solicitudes de participación en el proceso de selección los requisitos a), b), e) y g), a través de fotocopias compulsadas del original (DNI, Titulo y Carnet de conducir).

4. Solicitudes

4.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba, manifestando reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos y adjuntando los documentos acreditativos recogidos en la Base 3, conforme al modelo del Anexo IV.

4.2. Las solicitudes, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.3. A la solicitud deberá acompañarse:

-Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 15,00 euros (quince euros) cantidad que deberá ser abonada en la siguiente cuenta:

ES28 0237 0064 0091 6919 3549 - de la entidad CajaSur.

En el concepto del ingreso o transferencia deberá figurar: Oposición Policía Local y el nombre del aspirante aún cu

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