Boletín nº 108 (07-06-2018)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4
Córdoba

Nº. 1.668/2018

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 116/2015

De: Don Fabián Moreno Aguilar, don Alejandro Ureña Campos, don Manuel Blanes Alcocer, don Rafael Sabariego Carmona y don Vicente Velas Rodríguez

Contra: Aislamientos Los Tejares SL y Fondo de Garantía Salarial

 

DOÑA DOLORES DE LA RUBIA RODRÍGUEZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 116/2015 a instancia de la parte actora don Fabian Moreno Aguilar, don Alejandro Ureña Campos, don Manuel Blanes Alcocer, don Rafael Sabariego Carmona y don Vicente Velas Rodríguez contra Aislamientos Los Tejares SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 03/05/2018 del tenor literal siguiente:

"Decreto

Letrada de la Administración de Justicia Doña Dolores de La Rubia Rodríguez.

En Córdoba, a tres de mayo de dos mil dieciocho.

Antecedentes de Hecho

Primero. Los ejecutantes don Fabián Moreno Aguilar, don Alejandro Ureña Campos, don Manuel Blanes Alcocer, don Rafael Sabariego Carmona y don Vicente Velas Rodríguez presentaron demanda de ejecución frente a Aislamientos Los Tejares SL, dando constancia de la misma a través de diligencia de fecha 15/06/2015.

Segundo. En fecha quince de junio de dos mil quince se dictó auto despachando ejecución por un total de 14.156,14 euros de principal mas 2.831 euros calculados para intereses costas y gastos contra Aislamientos Los Tejares SL.

Tercero. De las actuaciones practicadas se conoció que el ejecutado Aislamientos Los Tejares SL era titular de las siguientes fincas: Finca Registral Nº 59044. Plaza de aparcamiento registrada en el Registro de la Propiedad número Tres de Marbella, en la inscripción 2ª, tomo 1794, libro 768, folio 144. asi como de la Finca Registral Nº 59049 Plaza de aparcamiento registrada en el Registro de la Propiedad número Tres de Marbella, en la inscripción 2ª, tomo 1794, libro 768, folio 154.

Cuarto. Embargadas las referidas fincas las mismas salieron a subasta y tras los trámites pertinentes se dictó decreto de adjudicación en fecha veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete a favor de Solomarina SL. con CIF B93.434.272 y domicilio en Avenida Arias Maldoma nº 2 oficina 4 Marbella adjudicandose la Finca Registral 59044 por 2.060,00 euros y La Finca Registral 59049 por 2.060,00 euros habiendo quedado reducido el principal reclamado a la suma de 9.935,10 euros, y habiendose dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial para alegaciones conforme a lo establecido en el artículo 276 de la LRJS.

Fundamentos de Derecho

Único. Disponen los artículos 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte Dispositiva

ACUERDO:

Declarar al ejecutado Aislamientos Los Tejares SL, con CIF B-14.111.744 en situación de insolvencia por importe de 9.935,10 euros de principal más la cantidad de 2.831 euros en concepto de costas e intereses, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Notifiquese la presente resolución a las partes personadas y al ejecutado Aislamientos Los Tejares SL por Edictos, que se publicarán en el boletín oficial de la Provincia de Córdoba.

Modo de Impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el nº de cuenta de este Juzgado nº ** debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

La Letrada de La Administración de Justicia"

Y para que sirva de notificación al demandado Aislamientos Los Tejares SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 3 de mayo de 2018. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, María Dolores de la Rubia Fernández.

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