Boletín nº 110 (11-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Añora

Nº. 1.869/2018

Tramitada la modificación de la Ordenanza reguladora del uso conservación y protección de los caminos públicos rurales del término municipal de Añora la misma ha sido aprobada definitivamente por acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno el día 15 de mayo de 2018.

Por medio del presente se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el texto íntegro del artículo modificado de la citada Ordenanza.

ORDENANZA REGULADORA DEL USO, CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS CAMINOS PÚBLICOS RURALES DEL MUNICIPIO DE AÑORA.

Artículo 15. Instalaciones subterráneas y aéreas.

Las redes de conducción de agua, saneamiento, gas, teléfono, electricidad, y demás instalaciones o servicios no podrán discurrir bajo la superficie del camino o enclavarse a sus estructuras, salvo en los supuestos de excepcional dificultad de paso o que suponga un cruce imprescindible, o cuando haya circunstancias que motiven que no haya otra solución alternativa, siempre y cuando sea autorizado expresamente por el Ayuntamiento.

No se autorizará la colocación de arquetas de registro salvo que cumplan las siguientes condiciones:

-El gálibo será suficiente para que no se produzcan accidentes.

-Los postes se situarán fuera del dominio público

No podrán instalarse en la zona del dominio público las riostras y anclajes.

El Ayuntamiento podrá regular, mediante su correspondiente ordenanza, el pago de su canon por la ocupación de la zona de dominio por parte de instalaciones subterráneas y aéreas.

Añora, 28 de mayo de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Bartolomé Madrid Olmo.

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