Boletín nº 114 (15-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 1.925/2018

De conformidad con lo establecido en el artículo 177.2, en relación con el 169.3, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ha quedado definitivamente aprobado el expediente número 04/2018, de modificación de créditos, mediante transferencias de créditos de otras aplicaciones del vigente Presupuesto Municipal del ejercicio 2018, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, se inserta en el boletín Oficial de la Provincia resumido por capítulos.

A. ALTAS EN APLICACIONES DE GASTO

Programa

Económica

Descripción

Créditos

Iniciales

Modificación

de crédito (Altas)

Crédito

Definitivo

920

21200

Administración General. Edificios y otras construcciones

41.207,16

61.706,45

102.913,61

410

22699

Administración General de Agricultura. Otros gastos

98.636,94

14.000,00

112.636,94

1532

61903

Vías Públicas. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes naturales

197.115,13

7.355,78

204.470,91

920

22706

Administración General. Estudios y trabajos técnicos

18.000,00

24.437,77

42.437,77

TOTAL ALTAS EN APLICACIONES

107.500,00

B) FINANCIACION: Esta modificación se financia con cargo a transferencias de crédito en los siguientes términos:

Programa

Económica

Descripción

Créditos

Iniciales

Modificación

de crédito (Bajas)

Crédito

Definitivo

433

63200

Desarrollo empresarial. Edificios y otras construcciones

10.000,00

10.000,00

0,00

330

63200

Admon. General de Cultura. Edificios y otras construcciones

15.500,00

15.500,00

0,00

342

63200

Instalaciones Deportivas. Edificios y otras construcciones.

156.500,00

82.000,00

74.500,00

TOTAL FINANCIACIÓN

107.500,00

De acuerdo con lo establecido en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Baena, a 5 de junio de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Jesús Rojano Aguilera.

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