Boletín nº 114 (15-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 1.939/2018

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho, en turno de Urgencias, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Nº 414/18. Contratación. Moción del Concejal Delegado de Gestión y Administración Pública, de Aprobación de la Encomienda de Gestión del IMTUR al Ayuntamiento, Delegación de Turismo, para Realización de las Actividades de Carácter Material y Técnico para la Tramitación de los Distintos Expedientes Administrativos.

Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Moción que más arriba consta, la Junta de Gobierno Local, una vez declarada la Urgencia del asunto, dado que el inicio de las actividades de que se trata está previsto para el próximo 1 de junio, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la Encomienda de gestión de la Agencia Pública Administrativo Local Instituto Municipal de Turismo de Córdoba (IMTUR) al Ayuntamiento de Córdoba, tendente a la realización de las actividades de carácter material y técnico para la tramitación de los expedientes administrativos siguientes:

- Noches de Ramadán.

- Festival de Música Sefardí.

- Festival de Experiencias Riomundi.

- Conciertos de Verano en la terraza.

- Festival de las Callejas de Córdoba.

- Otoño del Caballo en Córdoba.

- Otoño Sefardí.

- Córdoba Film Office.

Los trabajos objeto de la Encomienda en relación con los expedientes y proyectos antes mencionados son:

-Participar en la redacción de los proyectos e informes relativos a los expedientes.

-Emisión de los informes acreditativos de la necesidad y conveniencia de la contratación.

-Asistencia a la Mesa de Contratación del IMTUR en la elaboración de cuantos informes técnicos fueran precisos previos a la adopción de los correspondientes acuerdos por dicho órgano relativos a los expedientes.

-Asumir la condición de Responsable del Contrato.

-Dirección y/o supervisión de la ejecución de los servicios y suministros contratados.

Segundo. La duración de la Encomienda comprenderá un año desde la fecha de aprobación por esta Junta de Gobierno Local, sin perjuicio de su publicación necesaria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 a) de la LRJSP para su eficacia.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Córdoba, a 5 de junio de 2018. Firmado electrónicamente por el Concejal Delegado de Gestión y Administración Pública, Deportes y Juventud, Antonio Rojas Hidalgo.

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