Boletín nº 116 (19-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Hinojosa del Duque

Nº. 2.004/2018

Visto que con fecha 11 de diciembre de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Provincia nº 242, de fecha 26 de diciembre de 2017, esta Alcaldía delegó en la Junta de Gobierno Local, el ejercicio, entre otras, de la siguientes atribución de la Alcaldía: Las contrataciones y concesiones de toda clase que sean de competencia de la Alcaldía.

Visto que dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Es conveniente avocar el ejercicio de la competencia de la Junta de Gobierno en la Alcaldía, por los siguientes motivos: razones de urgencia y eficacia por el volumen de contratación.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

Primero. Avocar la competencia asumida por la Junta de Gobierno en virtud de lo dispuesto en la Resolución de esta Alcaldía de delegación de competencias de fecha 11 de diciembre de 2017, para conocer del procedimiento: Las contrataciones y concesiones de toda clase que sean de competencia de la Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986, de 28 de noviembre.

Segundo. Asumir la competencia para conocer del procedimiento Las contrataciones y concesiones de toda clase que sean de competencia de la Alcaldía por esta Alcaldía-Presidencia.

Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Hinojosa del Duque, ante mi, la Secretaria, que certifico.

Hinojosa del Duque, 11 de junio de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Matías González López.

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