Boletín nº 117 (20-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 2.110/2018

CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DENTRO DEL PROGRAMA MUNICIPAL IZNÁJAR EMPRENDE DURANTE EL EJERCICIO 2018.

BDNS (Identif.) 403790

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,  de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Personas físicas empadronadas en Iznájar con una antigüedad mínima de un año en el momento del alta en el RETA o en aquel que legalmente le sustituya.

Personas jurídicas que tengan su domicilio fiscal y desarrolle y establezca su actividad en el municipio de Iznájar.

Personas físicas menores de 35 años empadronadas en la vivienda objeto de alquiler.

En todos los casos no haber sido beneficiario para los mismos conceptos de ayuda de cualquier otra Administración Pública en el período de referencia.

Segundo. Finalidad:

Medidas de apoyo a la actividad emprendedora , fomento del empleo a favor de las actividades económicas, empresas y comercios de Iznájar y fomento del alquiler para jóvenes.

Tercero. Bases reguladoras:

https://www.iznajar.es/noticia/subvenciones-municipales-2018?mlid=#udadano/noticias

Cuarto. Importe:

Medida 1.A: hasta 1.750,00 € + 250,00 € para emprendedores menores de 30 años.

Medida 1.B: hasta 1.500,00 € + 250,00 € para emprendedores menores de 30 años.

Medida 1.C: hasta 500,00 € por contrato realizado con un máximo de dos contratos.

Medida 2.A: 50% del importe satisfecho por tasas municipales para la obtención de la licencia municipal de actividad.

Medida 2.B: 40% de los costes de participación por alquiler de stand para la participación en ferias y eventos de promoción y difusión, con un máximo de 600,00 €.

Medida 2.C: 40% de los intereses satisfechos por razones de operaciones financieras con un máximo de 1.000,00 €.

Medida 3.A: Hasta un 25% del presupuesto total de obras de rehabilitación y/o reforma de viviendas o locales situados en el núcleo principal de Iznájar para destinarlas a actividades turísticas o de restauración, con un límite de 3.000,00 €.

Medida 4.A: Hasta un 65% del alquiler de viviendas a los jóvenes entre 18 y 35 años.

Quinto: Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el 15 de noviembre de 2018.

Iznájar, 14 de junio de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznájar, Lope Ruiz López.

Aviso jurídico

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