Boletín nº 117 (20-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 2.111/2018

Convocatoria de Ayudas al Alquiler Joven 2018 del Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

BDNS (Identif.) 403911

Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 1 de junio de 2018 por el que se aprueba la Convocatoria de Subvención Ayuda al Alquiler Vivienda Joven 2018.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener una edad mínima de 18 años y no superar los 35 años en la fecha de solicitud.

b) Figurar inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes de Priego de Córdoba con un mínimo de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud y que la vivienda alquilada objeto de subvención se encuentre ubicada en el término municipal de Priego de Córdoba.

c) Que el nivel de renta per cápita de la unidad familiar del/la solicitante, referido a los ingresos de la unidad de convivencia familiar sea inferior a los 1200 € mensuales

d) Que el/la solicitante, ni ninguno de los miembros de la unidad de convivencia, sean beneficiarios de subvenciones en materia de alquiler de vivienda de otras convocatorias de ésta u otra Administración Pública.

e) Que ningún miembro de la unidad de convivencia familiar posea vivienda principal o secundaria a título de propiedad, o sean cotitulares de otros inmuebles de naturaleza urbana o rústica -salvo que por herencia tenga menos del 25% de la vivienda.

f) No hallarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) Estar al corriente con sus obligaciones tributarias, tanto estatales como locales, y con la Seguridad Social (en su caso).

Segundo. Objeto:

Pago de las rentas por alquiler de la vivienda habitual correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2018.

Tercero. Bases reguladoras:

Bases que han de regir las Ayudas al Alquiler de Vivienda Joven del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 27/02/2018, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba nº 76 de 20 de abril de 2018.

Cuarto. Importe:

Importe total: 10.000 €. El importe máximo por subvención no podrá superar los 900 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos:

1. Ordenadas las solicitudes y hasta agotar el crédito disponible, se otorgarán subvenciones de 150 €/mes, a aquellos solicitantes que alcancen una puntuación igual o superior a los once puntos; de 100 €/mes, a quienes obtengan una puntuación inferior a once puntos e igual o superior a los ocho puntos; de 50 €/mes a quienes alcancen una puntuación inferior a los ocho puntos.2. Se abonará el 50% de la ayuda, una vez concedida la misma. El 50% restante se abonará previa justificación del gasto total realizado en el plazo máximo de 30 días desde la finalización del mes de diciembre de 2018.3. Para solicitar información sobre el procedimiento de acceso a las subvenciones de la presente convocatoria, los interesados podrán dirigirse a la Delegación de Juventud sito en Plaza Palenque en horario de 9 a 14.00 h., teléfono: 957 76 47 07 correo electrónico: zonajoven@aytopriegodecordoba.es, o consultar directamente en la webmunicipal: www.aytopriegodecordoba.es

Priego de Córdoba, 15 de junio de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, José Manuel Mármol Servián.

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