Boletín nº 118 (21-06-2018)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Iznájar
Nº. 2.027/2018
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 11 de mayo de 2018, sobre el expediente de modificación de créditos nº 04/2018 y referencia GEX 1645/2018 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito para la aplicación del superávit presupuestario con cargo al remanente de tesorería para gastos generales cuyo detalle no ha sufrido variación y es el que figura en el anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia Córdoba nº 94 de 17 de mayo de 2018.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En la villa de Iznájar, a 12 de junio de 2018. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Lope Ruiz López.