Boletín nº 119 (22-06-2018)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 2.039/2018

Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se pública Resolución de la Alcaldía nº 100/2018, la que copiada literalmente establece:

Visto que en este Ayuntamiento se tramita expediente Gex 4684/2014 SE 383/2014 iniciado a petición de Don Antonio Madueño Madueño, como Presidente de la Junta de Compensación PPR-2 por la que solicitaba autorización y ratificación de la disolución y liquidación de la misma, así como el levantamiento de las cargas urbanísticas de las fincas afectadas.

Visto que tras emitirse los correspondiente informe técnicos de fecha 29/01/2015 y 19/05/2015 en los que se analizaba el estado de la urbanización y los desperfectos de la misma, y donde se constataba con claridad que su mayoría provienen de defectos del proyecto o de la ejecución del mismo, que exceden de las imperfecciones corrientes provocadas por el normal uso de la urbanización, por lo que estos vicios ocultos aparecidos de forma sobrevenida a la entrega de esta urbanización son achacables a la Junta de Compensación.

Resultando que con por Resolución de la Alcaldía nº 911/2016 que fue insertada en el libro de Resoluciones con fecha 09/05/2016, se aprobó, entre otros, lo siguiente:

............Primero. Manifestar la imposibilidad del pronunciamiento municipal a la petición de la disolución y liquidación de la Junta de Compensación del Plan Parcial Residencia PPR-2, y del levantamiento de la carga urbanística hasta tanto se determine mediante las actuaciones necesarias los incumplimientos y el alcance de la responsabilidad por esta causa. ...................

Resultando que la citada Resolución nº 911/2016, fue notificada a todos los titulares Registrales del citado Plan Parcial PPR-2, a los que le fue dado audiencia por plazo de dos meses para que formularan las alegaciones que a su derecho convinieran al manifestar este Ayuntamiento la imposibilidad del pronunciamiento municipal a la petición de la disolución y liquidación de la Junta de Compensación del Plan Parcial PPR-2 y del levantamiento de la carga urbanística hasta tanto se determine mediante las actuaciones necesarias los incumplimientos y el alcalnce de la responsabilidad por esta causa.

Resultando que, con fecha 26/09/2016, se firma certificado por la Secretaría General del Ayuntamiento donde se hace constar que, durante el plazo de exposición pública han tenido entrada en el Registro de este Ayuntamiento las siguientes alegaciones presentadas por la Junta de Compensación y Terceros adquirentes:

1º. Con fecha de registro de entrada el día 08/06/2016 alegación presentada por:

-Don Antonio Félix Buenosvinos y doña Antonia Laura Coca Ávila.

2º. Con fecha de registro de entrada el día 17/06/2016, alegaciones presentadas en un solo documento por:

-Don Manuel Víbora Pérez.

-Doña Rosario Peinado Cano.

-Don Manuel Joaquín Fernández Pérez y doña Antonia Poblete Rodríguez.

-Don José Javier Aguilar Ramos y doña Bárbara Cobo Martín.

-Don Juan Francisco Amate Díaz y doña Ana Perales Castellano.

-Don Pedro Jesús Zamora de la Cruz y doña Isabel León Aguilar.

-Don Francisco José Lara Calleja y doña Concepción Moreno Torres.

-Don Juan José Salinas Romero y doña Salomé Rosa Goncalves.

-Don Juan Sebastián Ruiz Ortiz y doña Eva Pozuelo Ruano.

-Don José Coronado Menor y doña Ana María Ramírez Velasco.

-Don Raimundo Santos Marín y doña Ana María Mesa Torres.

-Don Fernando Cruz Velasco y doña Ana Belén Criado Galán.

-Don Francisco Aparicio Rojas y doña Francisca Alanzabes Espino.

-Don Juan Luis Lara Navarro y doña Fuensanta Martínez Dueñas.

-Don Bartolomé Cruz Saez y doña María Rosa Amor Milla.

-Don Juan Peinado Mena y doña Rosario Cano Tendero.

-Don Pedro Lara Criado y doña María Calleja Sánchez.

-Don Juan Moral Sánchez y doña Juana Cerezo García.

-Don Pedro González Villaverde y doña Sonia Lara Cañas.

-Don Antonio Jesús Marquez Madueño.

-Doña Elisabeth González Vacas.

-Don José Navarro González.

-Don Pedro Velasco Notario.

-Don Jesús Joven Moreno.

-Don José Coba Villalón y doña Antonia Carrasco Salinas.

-Don Jerónimo Ruiz Camino.

-Doña María del Pilar Jiménez Martínez.

-Don Juan Madueño Bellido y doña María Isabel Canales Pérez.

-Don Javier Quiles Tendero y doña María del Mar Belmonte Galán.

-Don Antonio Javier Casado Morente y doña Ana María Peña Bellido.

-Don Rafael Rodríguez Mayorga y doña Cristina Ruiz Camino.

-Don Ildelfonso Hortelano Peinazo y doña Luisa María Mariano Madueño.

-Doña María Canalejo Izquierdo.

-Don Mateo Artero Mayorga.

-Don Antonio Pérez Mena.

-Don Antonio García Fernández.

-Don Francisco Martínez Puertas y doña Vanesa Rodríguez Belmonte.

-Don Antonio José Afán Lara.

-Doña Patricia Afán Lara.

3º. Con fecha 06/07/2016 tuvo entrada en este Ayuntamiento la siguiente alegación:

-Don Juan José Salinas Romero y doña Salomé Rosa Goncalves.

-Don Javier Quiles Tendero y doña María del Mar Belmonte Galán.

4º. Con fecha 08/07/2016, tuvo entrada en el Registro del Ayuntamiento la siguiente alegación:

-Don Francisco Reina Lara.

5º. Con fecha 12/07/2016 tuvo entrada en este Ayuntamiento la siguiente alegación:

-Don Antonio Castellano Perales.

6º. Con fecha 13/07/2016, tuvo entrada en este Ayuntamiento la siguiente alegación:

-Don Diego Jesús Palma García y doña Patricia Afán Lara.

7º. Con fecha 14/07/2016, tuvo entrada en este Ayuntamiento la siguiente alegación:

-Don Antonio Madueño Madueño en su calidad de Presidente y representación de la Junta de Compensación del PPR-2.

8º. Con fecha de registro de entrada el día 19/07/2016, alegaciones presentadas en un solo documento por:

-Don José Javier Aguilar Ramos.

-Don Juan José Salinas Romero.

-Don Juan Luis Lara Navarro.

-Don Juan Moral Sánchez.

-Don Mateo Artero Mayorga.

-Doña Rosa Artero Mayorga.

-Don Fernando Cruz Velasco.

-Don Antonio Jesús Márquez Madueño.

-Don Manuel Víbora Pérez.

-Don Francisco Aparicio.

-Don Francisco Martínez Puertas.

-Don Javier Quiles Tendero.

10º. Con fecha 20/07/2016, tuvo entrada en el Registro del Ayuntamiento alegación presentada por:

-Don Juan Madueño Bellido.

-Don Antonio Rodríguez Mena.

11º. Con fecha 22/07/2016, tuvo entrada en el Registro de este Ayuntamiento alegación presentada por Don Pedro Repiso Gil, en representación de:

-Don Francisco José Lara Calleja.

Resultando que con fecha 18/11/2016, tiene entrada en este Ayuntamiento informe de alegaciones al expediente de disolución de la Junta de Compensación del sector PPR-2, firmado por el Servicio de Arquitectura y Urbanismo de la Excma. Diputación Provincial, donde se hace constar lo siguiente:

...............Contenido y valoración de las Alegaciones. Existen diversos escritos de pluralidad de interesados en los que se reiteran y repiten a menudo las mismas alegaciones. A fin de favorecer una mejor comprensión del contenido de los mismos y facilitar sus análisis, distinguiremos las alegaciones de la junta y las cuestiones y alegaciones planteadas por el resto de los interesados de forma ordenada, haciendo en todo caso mención a la procedencia de cada una, con mención a la referencia de entrada del escrito de origen para su identificación.

ALEGACIONES DE LOS PARTICULARES

-Los propietarios alegan ser terceros adquirentes que no han intervenido en la gestión del ámbito y no han asumido voluntariamente las cargas de urbanización.

(Escritos de referencia nº 3639, 3852, 4257, 4258, 4393, 4480, 4516, 4638, 4647, 4668 y 4750.)

Artículo 10.5 de los Estatutos de la Junta de Compensación PP-R2: el adquirente por cualquier clase de título queda subrogado en los derechos y en todas las obligaciones pendientes por razón de la participación enajenada, haciéndose expresa mención de ello en el título de enajenación.

-En todo caso, la responsabilidad directa corresponde a la junta como promotora de la

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