Boletín nº 123 (28-06-2018)

VIII. Otras Entidades

Instituto de Cooperación con la Hacienda Local
Córdoba

Nº. 2.210/2018

Órgano: Vicepresidencia del I.C.H.L.

En ejercicio de las competencias delegadas, mediante Decreto de la Presidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local de fecha 30 de junio de 2015, esta Vicepresidencia, ha decretado el 21 de junio de 2018 la aprobación de las Matrículas del ejercicio 2018 de las cuotas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondientes a los municipios de Adamuz, Aguilar de la Frontera, Alcaracejos, Almedinilla, Almodóvar del Río, Añora, Baena, Belalcázar, Belmez, Benameji, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, Carcabuey, Cardeña, Castro del Río, Conquista, Doña Mencía, Dos Torres, El Carpio, El Guijo, El Viso, Encinas Reales, Espejo, Espiel, Fernán Núñez, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, Fuente Palmera, Fuente Tójar, Guadalcázar, Hinojosa del Duque, Hornachuelos, Iznájar, La Carlota, La Granjuela, La Rambla, La Victoria, Los Blázquez, Lucena, Luque, Montemayor, Montilla, Montoro, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Obejo, Palenciana, Palma de Río, Pedro Abad, Pedroche, Peñarroya, Posadas, Pozoblanco, Priego, Puente Genil, Rute, San Sebastián de los Ballesteros, Santa Eufemia, Santaella, Torrecampo, Valenzuela, Valsequillo, Villa del Río, Villafranca, Villaharta, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey, Villaralto, Villaviciosa, Zuheros.

Estas Matrículas quedan expuestas al público en los respectivos Ayuntamientos y en las oficinas de atención al público del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local correspondientes a cada localidad durante el plazo legalmente establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero y Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho Público de la Diputación Provincial de Córdoba.

Recursos:

Contra los actos de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la Matrícula, se podrá interponer el Recurso de Reposición del artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, pudiendo presentarse en la sede central, sita en la calle Reyes Católicos, número 17 de Córdoba o en cualquier otra oficina del Organismo en la provincia.

Servicio de atención telefónica: 957498283

Córdoba, a 21 de junio de 2018. Firmado electrónicamente por el Vicepresidente del Organismo, Salvador Blanco Rubio.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad